Cómo votó cada diputado: Modifica el Código Penal para ampliar el ámbito de aplicación del delito de interrupción u obstaculización de la libre…
Texto oficial: Modifica el Código Penal para ampliar el ámbito de aplicación del delito de interrupción u obstaculización de la libre circulación y del funcionamiento de los servicios de transporte Artículo: Indicación renovada del diputado Raúl Leiva para agregar un nuevo inciso segundo al artículo 268 septies del Código Penal, del siguiente tenor: “Lo dispuesto en el presente artículo no será aplicable si la persona se encuentra ejerciendo su legítimo derecho a reunión, huelga o manifestación pacífica”.”.
Así votaron los diputados el 23 de septiembre de 2026: A favor 72 · En contra 61 · Abstención 1 · No votaron 21.
Resultado
AprobadoLa Cámara aprobó una indicación, una propuesta de cambio al proyecto.
Ver texto oficial de la decisión
Indicación renovada del diputado Raúl Leiva para agregar un nuevo inciso segundo al artículo 268 septies del Código Penal, del siguiente tenor: “Lo dispuesto en el presente artículo no será aplicable si la persona se encuentra ejerciendo su legítimo derecho a reunión, huelga o manifestación pacífica”.”.
Consultar ficha oficial en la Cámara- A favor
- 72
- En contra
- 61
- Abstenciones
- 1
- Dispensados
- 0
Cómo votó cada diputado
155 registros disponibles, agrupados según el voto y con el partido de cada diputada y diputado. “No Vota” no equivale a ausencia.
Votaron a favor (72)
Votaron en contra (61)
Se abstuvieron (1)
No votaron (21)
Antecedentes y fuente
Boletín N° 18584-25
Ver registro oficial de la CámaraProyecto de Ley Relacionado
Modifica el Código Penal para ampliar el ámbito de aplicación del delito de interrupción u obstaculización de la libre circulación y del funcionamiento de los servicios de transporte
Este proyecto de ley propone un cambio en las reglas para castigar a las personas que bloqueen el paso de vehículos o impidan que los buses y camiones funcionen normalmente. Lo más importante es que ahora se podrá castigar este hecho aunque no se use violencia o amenazas contra las personas. El cambio incluye tanto al transporte público como al privado, cubriendo también el transporte de carga. Además, la ley aclara que si un bloqueo ocurre por un accidente, un desperfecto mecánico o cualquier otra causa justificada, no se considerará un delito. El objetivo principal es asegurar que la gente y las cosas puedan moverse sin problemas por las calles y carreteras de nuestro país, protegiendo el funcionamiento regular de todos los servicios de transporte existentes.