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02-05-17, 01:32 p. m.

Cómo votó cada diputado: Sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia

Texto oficial: Sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia Artículo: Declaración de inadmisibilidad de la siguiente indicación: Para crear un nuevo artículo 1° bis del siguiente tenor: Artículo 1° bis. Principios Presupuestarios del Sistema. El sistema integral de protección de la infancia está protegido por los principios de progresividad, no regresividad e intangibilidad. El Principio de progresividad implica que la previsión presupuestaria para la infancia en ningún caso pueda ser inferior a la mayor previsión o ejecución de ejercicios anteriores. El Principio de no regresividad implica no sancionar normas jurídicas o adoptar políticas, programas y acciones de gobierno que empeoren la situación de los derechos sociales de los que gozaba la población infantil al momento de adoptado el tratado internacional respectivo o dictada la legislación de mayor previsión o ejecución presupuestaria de ejercicios anteriores. Asimismo, obliga a comprobar si la nueva norma suprime o restringe derechos o beneficios acordados por la anterior. El principio de intangibilidad protege el sistema contra cualquier perturbación como crisis económicas, catástrofes naturales u otras emergencias, a fin de mantener la sostenibilidad del sistema de protección integral de la infancia obligando al Estado a la constitución de un fondo para la Infancia autónomo y diferenciado de las cuentas presupuestarias generales del país.

Así votaron los diputados el 2 de mayo de 2017: A favor 69 · En contra 26 · Abstenciones 10.

Resultado

Aprobado

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Declaración de inadmisibilidad de la siguiente indicación: Para crear un nuevo artículo 1° bis del siguiente tenor: Artículo 1° bis. Principios Presupuestarios del Sistema. El sistema integral de protección de la infancia está protegido por los principios de progresividad, no regresividad e intangibilidad. El Principio de progresividad implica que la previsión presupuestaria para la infancia en ningún caso pueda ser inferior a la mayor previsión o ejecución de ejercicios anteriores. El Principio de no regresividad implica no sancionar normas jurídicas o adoptar políticas, programas y acciones de gobierno que empeoren la situación de los derechos sociales de los que gozaba la población infantil al momento de adoptado el tratado internacional respectivo o dictada la legislación de mayor previsión o ejecución presupuestaria de ejercicios anteriores. Asimismo, obliga a comprobar si la nueva norma suprime o restringe derechos o beneficios acordados por la anterior. El principio de intangibilidad protege el sistema contra cualquier perturbación como crisis económicas, catástrofes naturales u otras emergencias, a fin de mantener la sostenibilidad del sistema de protección integral de la infancia obligando al Estado a la constitución de un fondo para la Infancia autónomo y diferenciado de las cuentas presupuestarias generales del país.

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A favor
69
En contra
26
Abstenciones
10
Dispensados
0

Cómo votó cada diputado

109 registros disponibles, agrupados según el voto y con el partido de cada diputada y diputado. “No Vota” no equivale a ausencia.

Voto

Votaron a favor (69)

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Votaron en contra (26)

Se abstuvieron (10)

Abstención
Abstención
Abstención
Abstención
Antecedentes y fuente

Boletín N° 10315-18

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Declaración de inadmisibilidad de la siguiente indicación: Para crear un nuevo artículo 1° bis del siguiente tenor: Artículo 1° bis.• Proyecto de Ley•

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Estado: PublicadoPresentado: jueves, 24 de septiembre de 2015
Ver proyecto de ley · Boletín 10315-18

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