Cómo votó cada diputado: Prohíbe a los establecimientos educacionales particulares subvencionados, y particulares pagados, negar la matrícula…
Texto oficial: Prohíbe a los establecimientos educacionales particulares subvencionados, y particulares pagados, negar la matrícula para el año 2021 a estudiantes que presentan deuda, en el contexto de la crisis económica producto de la pandemia por Covid-19 Artículo: En votación las modificaciones incorporadas por el Senado recaídas en el proyecto de ley, originado en moción, que “Prohíbe a los establecimientos educacionales particulares subvencionados, y particulares pagados, negar la matrícula para el año 2021 a estudiantes que presentan deuda, en el contexto de la crisis económica producto de la pandemia por Covid-19.
Así votaron los diputados el 2 de diciembre de 2020: A favor 144 · En contra 0 · Abstención 1.
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En votación las modificaciones incorporadas por el Senado recaídas en el proyecto de ley, originado en moción, que “Prohíbe a los establecimientos educacionales particulares subvencionados, y particulares pagados, negar la matrícula para el año 2021 a estudiantes que presentan deuda, en el contexto de la crisis económica producto de la pandemia por Covid-19.
Consultar ficha oficial en la Cámara- A favor
- 144
- En contra
- 0
- Abstenciones
- 1
- Dispensados
- 0
Cómo votó cada diputado
149 registros disponibles, agrupados según el voto y con el partido de cada diputada y diputado. “No Vota” no equivale a ausencia.
Votaron a favor (144)
Se abstuvieron (1)
No votaron (4)
Antecedentes y fuente
Boletín N° 13585-04
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Prohíbe a los establecimientos educacionales particulares subvencionados, y particulares pagados, negar la matrícula para el año 2021 a estudiantes que presentan deuda, en el contexto de la crisis económica producto de la pandemia por Covid-19
Este proyecto de ley busca proteger a los niños y jóvenes que estudian en colegios particulares pagados o con subsidio del Estado. Les impide a estos colegios rechazar o cancelar su matrícula para el año escolar 2021 solo porque sus papás o apoderados tienen deudas por no pagar las mensualidades. Esto aplica si la familia prueba que perdió plata por la pandemia, por ejemplo, si alguien perdió el trabajo (ley 19.728) o tuvo suspensión o rebaja de jornada (ley 21.227). El motivo es la crisis económica por el COVID-19, que cerró colegios y aumentó el desempleo. Así se cuida el derecho a la educación continua, como dice la Constitución y la Ley General de Educación, que ya prohíbe expulsar por deudas durante el mismo año escolar.