Cómo votó cada diputado: Modifica la ley N°17.336, sobre Propiedad Intelectual, con el objeto de regular las medidas tecnológicas de protección
Texto oficial: Modifica la ley N°17.336, sobre Propiedad Intelectual, con el objeto de regular las medidas tecnológicas de protección Artículo: Indicación de las diputadas Cucumides, Hassler y Schonhaut, para agregar una nueva disposición transitoria, del siguiente tenor: “Disposición Transitoria.- El Ministerio del Interior, en ejercicio de las facultades establecidas en el literal b) y c) del artículo 3 de la Ley 20.502 deberá, dentro de los seis meses siguientes a la publicación de esta ley, definir la instancia intersectorial encargada de recomendar cada tres años a la Comisión de Economía de la Cámara de Diputadas y Diputados qué categorías adicionales de obras, dispositivos o sistemas deben exceptuarse de las responsabilidades establecidas en esta ley. Deberá fundar su recomendación atendiendo el carácter estratégico para la seguridad nacional, la prestación de servicios esenciales, el desarrollo tecnológico, el interés público o en la constatación de que las medidas tecnológicas de protección aplicadas sobre esos sistemas, afectan de manera significativa el ejercicio de usos no infractores o impiden la auditoría, interoperabilidad o mantenimiento necesarios para su correcto funcionamiento.”.
Así votaron los diputados el 7 de julio de 2026: A favor 60 · En contra 85 · Abstenciones 0 · No votaron 10.
Resultado
RechazadoLa Cámara rechazó una indicación, una propuesta de cambio al proyecto.
Ver texto oficial de la decisión
Indicación de las diputadas Cucumides, Hassler y Schonhaut, para agregar una nueva disposición transitoria, del siguiente tenor: “Disposición Transitoria.- El Ministerio del Interior, en ejercicio de las facultades establecidas en el literal b) y c) del artículo 3 de la Ley 20.502 deberá, dentro de los seis meses siguientes a la publicación de esta ley, definir la instancia intersectorial encargada de recomendar cada tres años a la Comisión de Economía de la Cámara de Diputadas y Diputados qué categorías adicionales de obras, dispositivos o sistemas deben exceptuarse de las responsabilidades establecidas en esta ley. Deberá fundar su recomendación atendiendo el carácter estratégico para la seguridad nacional, la prestación de servicios esenciales, el desarrollo tecnológico, el interés público o en la constatación de que las medidas tecnológicas de protección aplicadas sobre esos sistemas, afectan de manera significativa el ejercicio de usos no infractores o impiden la auditoría, interoperabilidad o mantenimiento necesarios para su correcto funcionamiento.”.
Consultar ficha oficial en la Cámara- A favor
- 60
- En contra
- 85
- Abstenciones
- 0
- Dispensados
- 0
Cómo votó cada diputado
155 registros disponibles, agrupados según el voto y con el partido de cada diputada y diputado. “No Vota” no equivale a ausencia.
Votaron a favor (60)
Votaron en contra (85)
No votaron (10)
Antecedentes y fuente
Boletín N° 14767-03
Ver registro oficial de la CámaraProyecto de Ley Relacionado
Modifica la ley N°17.336, sobre Propiedad Intelectual, con el objeto de regular las medidas tecnológicas de protección
Este proyecto de ley busca proteger a los creadores (como músicos, escritores y artistas) en el mundo digital. Propone crear reglas contra el uso de herramientas tecnológicas que sirven para saltarse las protecciones de las obras (llamadas medidas tecnológicas de protección). Si alguien usa estas herramientas para usar contenido sin permiso, o si alguien vende aparatos fabricados especialmente para saltarse estas protecciones, podría enfrentar multas o incluso penas de cárcel. El objetivo es que Chile cumpla con tratados internacionales y que las industrias creativas puedan trabajar de forma segura en internet.