Sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia Artículo: Indicación renovada: para reemplazar el texto del literal e) en el inciso cuarto del artículo 2°, por el siguiente: e) Dar prioridad a los niños vulnerados en sus derechos, sin discriminación alguna, en el acceso y uso a todo servicio, prestación y recursos de toda naturaleza, sean públicos o privados necesarios para su completa rehabilitación, en las debidas condiciones de seguridad y dignidad. El Estado tomará las medidas pertinentes, en caso de ser necesario, para el acceso y uso de recursos particulares y comunitarios, nacionales o convenidos en el extranjero.
Boletín N° 10315-18
Indicación renovada: para reemplazar el texto del literal e) en el inciso cuarto del artículo 2°, por el siguiente: e) Dar prioridad a los niños vulnerados en sus derechos, sin discriminación alguna, en el acceso y uso a todo servicio, prestación y recursos de toda naturaleza, sean públicos o privados necesarios para su completa rehabilitación, en las debidas condiciones de seguridad y dignidad.• Proyecto de Ley• Quórum Quórum SimpleSesión Nº 17
Aprobado
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Sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia
Estado: PublicadoPresentado: jueves, 24 de septiembre de 2015
Distribución de Votos
A favor87
En contra6
Abstenciones12
Análisis Estadístico
Aprobación
82.9%
Rechazo
5.7%
Participación
96.3%
Polarización
77.1%
Cohesión promedio
83.9%
Total votantes
105
Votos por Partido Político
Cohesión Partidaria
PPD
76.9%
Media
UDI
76.9%
Media
RN
91.7%
Muy Alta
PR
50.0%
Muy Baja
PS
93.3%
Muy Alta
AMPL
100.0%
Muy Alta
DC
100.0%
Muy Alta
PC
50.0%
Muy Baja
RD
100.0%
Muy Alta
EVOP
100.0%
Muy Alta
Niveles de cohesión:
Muy Alta (90%+)
Alta (80-89%)
Media (70-79%)
Baja (60-69%)
Muy Baja (<60%)
Votos Individuales (109 diputados)
Acciones
Información Adicional
Trámite:
Primer Trámite / Segundo Informe