Modifica el Código Procesal Penal para imponer a las autoridades religiosas o eclesiásticas que indica, la obligación de denunciar hechos que revistieren caracteres de delito, contra menores de edad y personas impedidas de ejercer con autonomía sus derechos, y de que tomaren conocimiento en virtud de sus funciones Artículo: numeral 1 del artículo único con la siguiente indicación: Para agregar a continuación de la palabra “derechos” y antes del punto aparte, la frase “siempre que tal conocimiento no haya sido tomado con ocasión de secreto de confesión o secreto profesional”.
Boletín N° 11768-07
numeral 1 del artículo único con la siguiente indicación: Para agregar a continuación de la palabra “derechos” y antes del punto aparte, la frase “siempre que tal conocimiento no haya sido tomado con ocasión de secreto de confesión o secreto profesional”.• Proyecto de Ley• Quórum Quórum SimpleSesión Nº 18
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Modifica el Código Procesal Penal para imponer a las autoridades religiosas o eclesiásticas que indica, la obligación de denunciar hechos que revistieren caracteres de delito, contra menores de edad y personas impedidas de ejercer con autonomía sus derechos, y de que tomaren conocimiento en virtud de sus funciones
Esta propuesta busca que los líderes de todas las religiones (como obispos, pastores o sacerdotes) y directores de grupos deportivos o culturales tengan la obligación de avisar a la policía o fiscalía si se enteran de un delito contra un niño, niña o persona que no puede cuidarse sola. Actualmente, la ley obliga a profesores y policías, pero este cambio incluye a los líderes religiosos para evitar que los abusos queden ocultos. La obligación se aplica cuando conocen estos hechos por su trabajo, siempre que no sea información protegida por el secreto de confesión. El objetivo es proteger a los más vulnerables y asegurar que la justicia actúe rápido.
Estado: En tramitaciónPresentado: martes, 29 de mayo de 2018
Distribución de Votos
A favor41
En contra82
Abstenciones5
Análisis Estadístico
Aprobación
32.0%
Rechazo
64.1%
Participación
88.9%
Polarización
32.0%
Cohesión promedio
89.6%
Total votantes
128
Votos por Partido Político
Cohesión Partidaria
PS
93.8%
Muy Alta
RN
50.0%
Muy Baja
UDI
84.0%
Alta
PPD
71.4%
Media
DC
54.5%
Muy Baja
PR
100.0%
Muy Alta
FRVS
100.0%
Muy Alta
PC
100.0%
Muy Alta
RD
100.0%
Muy Alta
PL
100.0%
Muy Alta
PH
100.0%
Muy Alta
EVOP
100.0%
Muy Alta
PEV
100.0%
Muy Alta
COMUNES
100.0%
Muy Alta
Niveles de cohesión:
Muy Alta (90%+)
Alta (80-89%)
Media (70-79%)
Baja (60-69%)
Muy Baja (<60%)
Votos Individuales (144 diputados)
Acciones
Información Adicional
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe