Modifica el Reglamento de la Cámara de Diputados para crear una Comisión Permanente del Adulto Mayor Artículo: En votación particular el artículo único del proyecto de acuerdo, en los términos propuestos por la Comisión de Constitución Legislación, Justicia y Reglamento, en su segundo informe.
Boletín N° 12724-07
En votación particular el artículo único del proyecto de acuerdo, en los términos propuestos por la Comisión de Constitución Legislación, Justicia y Reglamento, en su segundo informe.• Proyecto de Ley• Quórum Quórum SimpleSesión Nº 63
Aprobado
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Modifica el Reglamento de la Cámara de Diputados para crear una Comisión Permanente del Adulto Mayor
Este proyecto quiere cambiar las reglas internas de la Cámara de Diputados, llamada Reglamento, para hacer una nueva comisión solo para temas del adulto mayor. En Chile, hay casi 3 millones de personas mayores, que son el 16% del país según el Censo 2017. Muchos viven solos, en pobreza o con problemas de salud y dependencia de otros. Encuestas muestran que les preocupa depender de familia, tener poco dinero, sentirse solos o deprimidos. El diputado Sebastián Keitel usa estos datos para pedir esta comisión fija que estudie y proponga soluciones. No dice nada de costos ni urgencia. La idea es que el Congreso se haga cargo mejor de los adultos mayores.
Estado: En tramitaciónPresentado: martes, 18 de junio de 2019
Distribución de Votos
A favor131
Análisis Estadístico
Aprobación
100.0%
Rechazo
0.0%
Participación
95.6%
Polarización
100.0%
Cohesión promedio
100.0%
Total votantes
131
Votos por Partido Político
Cohesión Partidaria
PS
100.0%
Muy Alta
RN
100.0%
Muy Alta
DC
100.0%
Muy Alta
UDI
100.0%
Muy Alta
PPD
100.0%
Muy Alta
FRVS
100.0%
Muy Alta
PR
100.0%
Muy Alta
PC
100.0%
Muy Alta
PCS
100.0%
Muy Alta
RD
100.0%
Muy Alta
PL
100.0%
Muy Alta
PH
100.0%
Muy Alta
EVOP
100.0%
Muy Alta
PEV
100.0%
Muy Alta
COMUNES
100.0%
Muy Alta
Niveles de cohesión:
Muy Alta (90%+)
Alta (80-89%)
Media (70-79%)
Baja (60-69%)
Muy Baja (<60%)
Votos Individuales (137 diputados)
Acciones
Información Adicional
Trámite:
Primer Trámite / Segundo Informe