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El registro disponible aún no permite confirmar el resultado de esta decisión.
Inciso tercero del artículo 5° del proyecto aprobado por el Senado (que pasaría a ser 8°), con la modificación propuesta por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social para reemplazar la palabra “quince” por “diez” en sus numerales i) e ii) del inciso tercero.
Consultar ficha oficial en la Cámara148 registros disponibles. “No Vota” no equivale a ausencia.
Boletín N° 13914-13
Ver registro oficial de la CámaraEste proyecto permite a trabajadores con fondos en AFP retirar hasta el 10% de sus ahorros para pensiones, con un mínimo de 35 UF (unos 1,2 millones de pesos) y máximo 100 UF (unos 3,5 millones). Solo una vez y voluntario, por la crisis del COVID-19. No pueden quienes ganan más de 100 UF al mes o tienen sueldos de altos cargos públicos. Hay que firmar declaración jurada y las AFP verifican. Pagan mitad en 2 meses y media en 10 días más. Los fondos no se pueden embargar salvo por pensiones alimenticias. Para recuperar el dinero, se suma cotización extra obligatoria hasta completar lo retirado. La Superintendencia de Pensiones fija cómo. Vigente 1 año desde que sea ley.