Saltar al contenido principal
Volver a votaciones
31-03-15, 01:23 p. m.

Cómo votó cada diputado: Modifica la ley N° 19.928, sobre fomento de la música chilena, para establecer los requisitos que deben cumplir…

Texto oficial: Modifica la ley N° 19.928, sobre fomento de la música chilena, para establecer los requisitos que deben cumplir los conciertos y eventos musicales que se presenten en Chile. Artículo: votación particular del artículo único del proyecto con las modificaciones introducidas en el nuevo segundo informe por la Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones y de las siguientes indicaciones parlamentarias a la letra b) del nuevo artículo 17 que se incorpora a la ley N° 19.928: 1. De los diputados señores Poblete, Espinosa, don Marcos, Farías, Fernández, Gahona, Rathgeb, Teillier, Torres y Pacheco para agregar en la letra b), a continuación de la palabra “discapacidad”, los términos “auditiva y”. 2. Del diputado señor Pilowsky para reemplazar la frase “personas con discapacidad en situación de movilidad reducida” por “personas en situación de discapacidad de movilidad reducida”.

Así votaron los diputados el 31 de marzo de 2015: A favor 95 · En contra 0 · Abstención 1.

Resultado

Aprobado

Consulta el texto oficial para conocer el alcance de esta decisión.

Ver texto oficial de la decisión

votación particular del artículo único del proyecto con las modificaciones introducidas en el nuevo segundo informe por la Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones y de las siguientes indicaciones parlamentarias a la letra b) del nuevo artículo 17 que se incorpora a la ley N° 19.928: 1. De los diputados señores Poblete, Espinosa, don Marcos, Farías, Fernández, Gahona, Rathgeb, Teillier, Torres y Pacheco para agregar en la letra b), a continuación de la palabra “discapacidad”, los términos “auditiva y”. 2. Del diputado señor Pilowsky para reemplazar la frase “personas con discapacidad en situación de movilidad reducida” por “personas en situación de discapacidad de movilidad reducida”.

Consultar ficha oficial en la Cámara
A favor
95
En contra
0
Abstenciones
1
Dispensados
0

Cómo votó cada diputado

102 registros disponibles, agrupados según el voto y con el partido de cada diputada y diputado. “No Vota” no equivale a ausencia.

Voto

Votaron a favor (95)

Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo
Afirmativo

Se abstuvieron (1)

Antecedentes y fuente

Boletín N° 6110-24

Ver registro oficial de la Cámara
votación particular del artículo único del proyecto con las modificaciones introducidas en el nuevo segundo informe por la Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones y de las siguientes indicaciones parlamentarias a la letra b) del nuevo artículo 17 que se incorpora a la ley N° 19.• Proyecto de Ley•

Proyecto de Ley Relacionado

Este proyecto de ley busca que los grandes conciertos y eventos musicales en Chile cumplan con ciertas reglas para beneficiar a todos los ciudadanos. Primero, propone que las preventas (que es la venta anticipada de entradas) no superen el 20% de la capacidad total, para que más personas tengan la oportunidad de comprar después. Segundo, exige que los recintos donde se realicen estos eventos cuenten con áreas especialmente habilitadas para personas que tengan alguna discapacidad física. Finalmente, pide que cuando vengan artistas extranjeros de gran fama, se incluya obligatoriamente la participación de artistas chilenos en calidad de teloneros (artistas que tocan antes del principal). El objetivo central es proteger nuestra música nacional, fomentar el talento local y asegurar que los espectáculos sean más justos, inclusivos y accesibles para todo el público que quiera asistir.

Estado: Publicado
Ver proyecto de ley · Boletín 6110-24

Información Adicional

Trámite:
Primer Trámite / Segundo Informe