Para la reconstrucción nacional y el desarrollo económico y social Artículo: Reclamación de la declaración de inadmisibilidad efectuada por la Comisión de Hacienda (art 69, ideas matrices) respecto de la indicación de las diputadas y los diputados Gazmuri, Hassler, Castillo, Pizarro, Serrano, Santibáñez, González, Barrera, Barraza, Salinas, Cuello y Gatica para incorporar un nuevo artículo, de cuyo tenor dará lectura el señor Secretario: "Artículo nuevo. Modifíquese el decreto con fuerza de ley N° 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Minería, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en el siguiente sentido: Agrégase en el artículo 212°-11, en el inciso primero, luego del segundo punto seguido, la siguiente expresión: 'Los consejeros no podrán percibir una remuneración bruta mensual mayor a ochenta unidades tributarias mensuales. En el caso de su Presidente, dicha remuneración no podrá exceder las noventa unidades tributarias mensuales.'."
Boletín N° 18216-05
Proyecto de Ley Relacionado
Para la reconstrucción nacional y el desarrollo económico y social
Este proyecto de ley busca ayudar a Chile a crecer económicamente y reconstruir las zonas dañadas por los incendios en Ñuble y Biobío. Para lograrlo, propone bajar los impuestos a las empresas de forma gradual y eliminar el pago de contribuciones (impuesto a la vivienda) para los adultos mayores de 65 años en su casa principal. También busca que sea más fácil y rápido obtener permisos para construir o iniciar proyectos mineros y de energía, reduciendo el papeleo innecesario. Además, ofrece beneficios para que las personas que tienen deudas con las municipalidades puedan ponerse al día con descuentos en multas e intereses. Para quienes quieran invertir grandes sumas de dinero en el país, se les asegura que las reglas de impuestos no cambiarán por 25 años, buscando así crear más de 180 mil nuevos empleos.