Modifica la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, en materia de quórum necesario para revertir la declaración de inadmisibilidad recaída en proyectos de ley e indicaciones Artículo:
Boletín N° 18107-07
Sesión: Sesión n°20, Ordinaria del 06 May 2026 a las 10:01hrs.• Proyecto de Ley• Quórum Quórum CalificadoSesión Nº 20
Rechazado
Proyecto de Ley Relacionado
Modifica la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, en materia de quórum necesario para revertir la declaración de inadmisibilidad recaída en proyectos de ley e indicaciones
Este proyecto busca cambiar las reglas sobre cómo se decide si una propuesta de ley de los parlamentarios es válida o no. Actualmente, si el Presidente de la Cámara dice que un proyecto no se puede tramitar porque es tarea exclusiva del Presidente de la República (como los gastos del país), los diputados pueden anular esa decisión con pocos votos. La nueva propuesta pide que, para aceptar un proyecto cuestionado, se necesite el voto de la mayoría de todos los parlamentarios elegidos, no solo de los que estén presentes en ese momento. Esto se hace para asegurar que se respeten las leyes y que no se aprueben proyectos que podrían ser inconstitucionales por falta de facultades.
Estado: Primer trámite constitucionalPresentado: miércoles, 4 de marzo de 2026
Distribución de Votos
A favor73
En contra73
Abstenciones1
Análisis Estadístico
Aprobación
49.7%
Rechazo
49.7%
Participación
100.0%
Polarización
0.0%
Cohesión promedio
99.0%
Total votantes
147
Votos por Partido Político
Cohesión Partidaria
UDI
100.0%
Muy Alta
RN
100.0%
Muy Alta
FRVS
100.0%
Muy Alta
PNL
100.0%
Muy Alta
PR
100.0%
Muy Alta
PC
100.0%
Muy Alta
PL
100.0%
Muy Alta
FA
92.3%
Muy Alta
PREP
100.0%
Muy Alta
PS
100.0%
Muy Alta
PDG
92.3%
Muy Alta
PSC
100.0%
Muy Alta
PPD
100.0%
Muy Alta
DC
100.0%
Muy Alta
PAH
100.0%
Muy Alta
EVOP
100.0%
Muy Alta
Niveles de cohesión:
Muy Alta (90%+)
Alta (80-89%)
Media (70-79%)
Baja (60-69%)
Muy Baja (<60%)
Votos Individuales (147 diputados)
Acciones
Información Adicional
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe