Moderniza el artículo 13 del decreto ley N° 1.939, de 1977, del Ministerio de Tierras y Colonización, que establece normas sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado Artículo: Votación general la frase “ante el juzgado de letras competente” incorporada en el inciso segundo del artículo 13 propuesto por el artículo único; y la frase “la orden de reapertura … serán competencia de los juzgados de policía local, siendo aplicables las disposiciones contenidas en la ley N° 18.287, que establece procedimiento ante los juzgados de policía local.”, contenida en el inciso final del artículo 13 propuesto por el artículo único, que requieren para su aprobación del voto favorable de 76 diputadas y diputados por tratarse de disposiciones de rango orgánico constitucional.
Boletín N° 17581-14
Proyecto de Ley Relacionado
Moderniza el artículo 13 del decreto ley N° 1.939, de 1977, del Ministerio de Tierras y Colonización, que establece normas sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado
Este proyecto de ley actualiza una norma de 1977 para que todas las personas puedan llegar gratis y sin problemas a playas del mar, ríos, lagos y lagunas. Antes solo hablaba de turismo y pesca; ahora incluye también recreación (como descansar), deportes (como correr o nadar) e investigación (estudios científicos). La decisión de dónde hacer el camino de acceso la toma el delegado presidencial regional, después de escuchar a los dueños del terreno cercano. Si alguien cierra el paso, un juez de policía local puede ordenar abrirlo y poner multas de 10 a 100 unidades tributarias mensuales (unas 700 mil a 7 millones de pesos), más si reincide. No se permiten accesos por parques nacionales ni bases militares. Así, el Ministerio de Bienes Nacionales asegura que todos disfruten estos lugares públicos.