Modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y otros cuerpos legales, con el objeto de fortalecer la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito Artículo: Modificaciones incorporadas por el Senado respecto de los nuevos artículos 6, 7 y 10; la nueva letra j) que el Senado incorpora al artículo 12 (4 de la Cámara); el inciso quinto del artículo 16 nuevo; el inciso primero del artículo 53 (36 de la Cámara); las enmiendas al artículo 64 (51 de la Cámara), salvo aquellas para suprimir texto; las enmiendas al artículo noveno transitorio (octavo transitorio de la Cámara), todas por tratarse de normas orgánicas constitucionales; y el artículo 22 nuevo, por tratarse de una norma de quorum calificado; y que requieren para su aprobación del voto favorable de 76 diputadas y diputados.
Boletín N° 15940-25
Proyecto de Ley Relacionado
Modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y otros cuerpos legales, con el objeto de fortalecer la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito
Este proyecto busca dar más herramientas a los municipios para prevenir delitos y mejorar la seguridad en las comunas. Crea reglas claras para los inspectores de seguridad municipal: quiénes pueden ser, qué pueden hacer (como patrullar solos o con policías, ayudar en casos de violencia familiar) y qué capacitaciones necesitan (derechos humanos, primeros auxilios, etc.). Fortalece los consejos comunales de seguridad con nuevos miembros opcionales y un comité operativo. Obliga a compartir datos policiales anonimizados (delitos en la comuna) para hacer planes locales mejores. Regula grupos vecinales de seguridad para que informen problemas sin actuar solos. Incluye perspectiva de seguridad en planes urbanos. Entra en vigencia en 6 meses, con plazos para capacitaciones y seguros de vida. Costo inicial cubierto por Subsecretaría de Prevención del Delito.