Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2026 Artículo: de la diputada Rojas Camila Artículo NUEVO Todos los órganos público deberán publicar el llamado a postulación al concurso público, su acta de evaluación, el acto administrativo de adjudicación, el proyecto y presupuesto adjudicado y el convenio asociado a éste en los sitios electrónicos en los que dan cumplimiento a las obligaciones de transparencia activa, de forma permanente, completa y actualizada, en un plazo no mayor de quince días corridos una vez firmado el mencionado convenio. Misma obligación recaerá sobre la institución privada receptora de transferencias por un monto mayor a 2.000 unidades tributarias mensuales, la cual además del proyecto y presupuesto adjudicado y el convenio asociado a éste, deberá publicar en su sitio electrónico los estados financieros, balance y memoria anual de actividades. Asimismo, deberá publicar, la nómina de su directorio en ejercicio o de su órgano superior de administración, administradores principales, y los recursos recibidos por fecha, monto y organismo otorgante. La institución privada receptora -en la misma oportunidad en la que realice las mencionadas publicaciones-, deberá remitir dicha información al organismo público correspondiente, el cual deberá publicarla en el sitio electrónico en el que da cumplimiento a las obligaciones de Transparencia Activa. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8° del artículo primero de la Ley N°20.285, sobre Acceso a la Información Pública, cualquier persona podrá reclamar ante el Consejo para la Transparencia, si el organismo público correspondiente no realiza las publicaciones indicadas en este inciso, o no actualiza la información. Corresponderá al Consejo para la Transparencia impartir instrucciones sobre el cumplimiento de las obligaciones de transparencia activa contenidas en el presente inciso.
Boletín N° 17870-05
Proyecto de Ley Relacionado
Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2026
Este boletín corresponde al proyecto de la Ley de Presupuesto, enviado por el Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda. Se presenta el 30 de septiembre de 2025 para su discusión en la Cámara de Origen, que es la Cámara de Diputadas y Diputados. El objetivo es aprobar las cuentas públicas del Estado, incluyendo gastos en salud, educación, seguridad y otras áreas prioritarias. No se detalla urgencia ni quórum específico en los metadatos disponibles. El impacto principal es fiscal, afectando la distribución de recursos públicos a beneficiarios como ciudadanos en programas sociales y sectores productivos. Posibles afectados incluyen entidades con recortes presupuestarios. La tramitación inicia en comisiones relevantes de Hacienda y Presupuesto.