Modifica la ley N° 18.
Proyecto de Ley Relacionado
Modifica la ley N° 18.290 y otros cuerpos legales que indica, para hacer efectiva la exigencia de contar con aptitudes para conducir vehículos motorizados y regular otras materias relacionadas
El proyecto busca mejorar la seguridad vial exigiendo exámenes médicos obligatorios para obtener o renovar la licencia de conducir. Los médicos de tránsito deben seguir un instructivo oficial y declarar bajo juramento que el postulante no tiene enfermedades que impidan conducir, como problemas de visión, sueño o efectos de medicamentos. Si un médico miente, enfrenta multas de 20 a 50 UTM y penas penales en caso de reincidencia. Además, en accidentes graves, se presume peligro para la sociedad si hay antecedentes similares. Para las víctimas, aumenta las coberturas del Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP): de 300 a 600 UF por muerte o incapacidad total, y de 200 a 400 UF por incapacidad parcial. En caso de fallecimiento, el pago inicial debe entregarse en 48 horas para cubrir gastos urgentes como funerarios. Se añaden medidas de protección en el proceso penal, como garantías para indemnizaciones, y fuero laboral de un mes para trabajadores afectados por la muerte de un familiar en accidente. Esto responde a riesgos de salud en conductores y necesidades de familias, inspirado en casos como el de la niña Jacinta.