Modifica la Carta Fundamental que establece el deber del Estado de promover la igualdad de derechos entre mujeres y hombres Artículo: indicación renovada de las diputadas y diputados Díaz, Girardi, Gutiérrez, Hirsch, Saffirio, Sepúlveda, Vallejo y Yeomans: Agrégase en artículo 19 N°10 de la Constitución Política de la República, en el inciso segundo, luego del punto y aparte que pasa a ser seguido, la siguiente frase: ‘Es deber del Estado promover una educación inclusiva y no sexista en todos los niveles.
Boletín N° 11758-07
indicación renovada de las diputadas y diputados Díaz, Girardi, Gutiérrez, Hirsch, Saffirio, Sepúlveda, Vallejo y Yeomans: Agrégase en artículo 19 N°10 de la Constitución Política de la República, en el inciso segundo, luego del punto y aparte que pasa a ser seguido, la siguiente frase: ‘Es deber del Estado promover una educación inclusiva y no sexista en todos los niveles.• Proyecto de Ley• Quórum Reforma Constitucional 2/3Sesión Nº 51
Rechazado
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Modifica la Carta Fundamental que establece el deber del Estado de promover la igualdad de derechos entre mujeres y hombres
Este proyecto busca cambiar la Constitución para que el Estado tenga la obligación de asegurar que hombres y mujeres tengan los mismos derechos y dignidad. El objetivo es que el gobierno trabaje activamente para eliminar la violencia contra las mujeres y cualquier trato injusto o discriminación. Se basa en que actualmente existen brechas en el trabajo, donde las mujeres ganan menos dinero por la misma labor, y en el hogar, donde ellas dedican más tiempo a las tareas de la casa. Al poner esto en la Constitución, se busca que todas las leyes futuras respeten esta igualdad y que se proteja a las mujeres de abusos en sus empleos, familias y espacios públicos.
Estado: En tramitaciónPresentado: martes, 29 de mayo de 2018
Distribución de Votos
A favor79
En contra67
Abstenciones2
Análisis Estadístico
Aprobación
53.4%
Rechazo
45.3%
Participación
97.4%
Polarización
8.1%
Cohesión promedio
97.1%
Total votantes
148
Votos por Partido Político
Cohesión Partidaria
PS
100.0%
Muy Alta
RN
97.0%
Muy Alta
DC
92.3%
Muy Alta
UDI
100.0%
Muy Alta
PPD
100.0%
Muy Alta
PR
100.0%
Muy Alta
FRVS
100.0%
Muy Alta
PC
100.0%
Muy Alta
RD
100.0%
Muy Alta
PL
100.0%
Muy Alta
PH
66.7%
Baja
EVOP
100.0%
Muy Alta
PEV
100.0%
Muy Alta
COMUNES
100.0%
Muy Alta
PRO
100.0%
Muy Alta
Niveles de cohesión:
Muy Alta (90%+)
Alta (80-89%)
Media (70-79%)
Baja (60-69%)
Muy Baja (<60%)
Votos Individuales (152 diputados)
Acciones
Información Adicional
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe