Modifica el Código Penal para sancionar la inobservancia del aislamiento u otra medida preventiva dispuesta por la autoridad sanitaria, en caso de epidemia o pandemia Artículo: En votación la indicación renovada del diputado señor Matías Walker y otros para introducir en el Código Penal el siguiente artículo 318 bis, nuevo: “Art.
Boletín N° 13304-11
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Modifica el Código Penal para sancionar la inobservancia del aislamiento u otra medida preventiva dispuesta por la autoridad sanitaria, en caso de epidemia o pandemia
Este proyecto agrega dos nuevos incisos al artículo 318 del Código Penal. Castiga con pena de presidio a quien ponga en peligro la salud pública al no cumplir aislamiento o cualquier medida especial publicada por la autoridad sanitaria durante una epidemia o pandemia. (Aislamiento es quedarse en casa para evitar contagios). Si por eso alguien se enferma grave o muere, la cárcel aumenta en uno o dos grados. El Código Penal ya protege la salud pública, pero sus reglas son antiguas y no cubren bien cuarentenas como en COVID-19, donde un infectado contagió a 27 personas ignorando órdenes. Protege la salud de todos como bien colectivo, más allá de salud individual, con higiene y normas comunes contra contagios masivos. Presentado por diputado Diego Paulsen Kehr en marzo 2020.