Reconoce y da protección al derecho a la identidad de género.
Boletín N° 8924-07
Indicación renovada del diputado señor Jaime Bellolio para intercalar el siguiente artículo 2°, pasando los demás a ordenarse correlativamente: “Artículo 2°.• Proyecto de Ley• Quórum Quórum SimpleSesión Nº 116
Aprobado
Proyecto de Ley Relacionado
Este proyecto de ley busca que todas las personas puedan cambiar su nombre y sexo en sus documentos oficiales si estos no coinciden con cómo se sienten realmente (su identidad de género). Para lograrlo, la persona debe pedirlo a un juez de familia. Lo más importante es que no se exigirá haber pasado por cirugías o tratamientos médicos para hacer este cambio. Una vez que el juez apruebe la solicitud, el Registro Civil actualizará los documentos y avisará a otras instituciones como el Servicio Electoral o la policía. También se prohíbe que instituciones públicas o privadas traten mal a las personas por su identidad de género.
Estado:
Ver proyecto de ley · Boletín 8924-07Distribución de Votos
A favor86
En contra3
Abstenciones13
Análisis Estadístico
Aprobación
84.3%
Rechazo
2.9%
Participación
94.4%
Polarización
81.4%
Cohesión promedio
94.1%
Total votantes
102
Votos por Partido Político
Cohesión Partidaria
PPD
90.9%
Muy Alta
IC
100.0%
Muy Alta
UDI
91.3%
Muy Alta
PR
100.0%
Muy Alta
PS
85.7%
Alta
RN
90.9%
Muy Alta
DC
76.5%
Media
PC
100.0%
Muy Alta
RD
100.0%
Muy Alta
EVOP
100.0%
Muy Alta
PL
100.0%
Muy Alta
Niveles de cohesión:
Muy Alta (90%+)
Alta (80-89%)
Media (70-79%)
Baja (60-69%)
Muy Baja (<60%)
Votos Individuales (108 diputados)
Acciones
Información Adicional
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe