Modifica la ley N° 19.296, que Establece normas sobre asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado, con el objeto de hacerla aplicable a los fiscales del Ministerio Público Artículo:
Boletín N° 10511-07
Proyecto de Ley Relacionado
Modifica la ley N° 19.296, que Establece normas sobre asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado, con el objeto de hacerla aplicable a los fiscales del Ministerio Público
Este proyecto busca que los fiscales del Ministerio Público tengan los mismos derechos que otros trabajadores del Estado para formar asociaciones. Actualmente, los fiscales tienen menos protecciones que los demás funcionarios de su misma institución. Con este cambio, los líderes de sus asociaciones tendrán 'fuero', lo que significa que no podrán ser despedidos o trasladados sin una buena razón mientras duren en sus cargos. También se establece que no serán evaluados (calificados) anualmente mientras sean dirigentes, para asegurar que puedan defender a sus colegas con libertad. Además, se definen reglas para que puedan pedir permisos para realizar sus labores gremiales. Las asociaciones actuales tendrán un plazo de dos años para ajustar sus reglas a esta nueva ley.