Modifica la ley N°18.
Boletín N° 13975-15
Proyecto de Ley Relacionado
Modifica la ley N°18.290, de Tránsito, para sancionar al conductor de vehículos motorizados que causare daños o lesiones a quien se traslade en bicicleta u otros ciclos
Este proyecto de ley busca proteger a las personas que van en bicicleta o similares. Agrega una nueva norma en la Ley de Tránsito (artículo 193 bis). Si un conductor de auto u otro vehículo con motor causa daños materiales o lesiones leves (hasta 7 días de incapacidad) a un ciclista, recibe multa de 1 a 5 UTM (unidad tributaria mensual, unos 50 mil a 250 mil pesos aprox.) y suspensión de licencia por 6 meses. Para lesiones menos graves: presión mínima o multa de 4 a 10 UTM más suspensión 9 meses. Lesiones graves: pena del Código Penal art. 490 N°2 más suspensión 18-36 meses. Si causa lesiones graves del art. 397 N°1 o muerte: reclusión menor máxima, multa 21-30 UTM y suspensión 36-60 meses. Reincidencia agrava suspensión. Motivo: bicicletas crecen (de 2,1% a 3,9% viajes en Santiago), pero ciclistas vulnerables (53% fallecidos en 2017 eran vulnerables). Busca igualar sanciones a ebriedad y promover ciudades seguras.