Modifica la ley N°19.
Boletín N° 13468-03
Proyecto de Ley Relacionado
Modifica la ley N°19.496, que Establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, en materia de límites a la cobranza telefónica de créditos de consumo
Este proyecto busca proteger a las personas con deudas de créditos de consumo de llamadas molestas de cobranza. Actualmente, las empresas pueden llamar por teléfono para avisar de una deuda, pero no más de una vez según fallos judiciales. El proyecto fija reglas claras: solo una llamada al mes, en días y horas hábiles (lunes a viernes, horario laboral). Si hay estado de excepción por catástrofe, como en pandemias, las llamadas quedan totalmente prohibidas hasta que termine. Quien viole esto paga multas de 5 a 25 unidades tributarias mensuales (UTM), y si repite, el doble. Surge por la crisis del coronavirus, donde aumentaron denuncias de acoso telefónico pese a la difícil situación económica de muchos. Protege la salud mental y física, y reduce riesgos de contagio en call centers no esenciales.