Reconocimiento y protección de los derechos de las personas con enfermedades terminales, y el buen morir Artículo: Indicación renovada para incorporar en el artículo 4 el siguiente inciso segundo: “En ningún caso los tratamientos administrados en el contexto de los cuidados paliativos o el rechazo a dichos tratamientos podrán tener por objeto la aceleración artificial de la muerte, la realización de prácticas eutanásicas o el ensañamiento terapéutico, en los términos y con las limitaciones de los artículos 14, 15 y 16 de la ley N° 20.
Boletín N° 12507-11
Indicación renovada para incorporar en el artículo 4 el siguiente inciso segundo: “En ningún caso los tratamientos administrados en el contexto de los cuidados paliativos o el rechazo a dichos tratamientos podrán tener por objeto la aceleración artificial de la muerte, la realización de prácticas eutanásicas o el ensañamiento terapéutico, en los términos y con las limitaciones de los artículos 14, 15 y 16 de la ley N° 20.• Proyecto de Ley• Quórum Quórum SimpleSesión Nº 54
Rechazado
Proyecto de Ley Relacionado
Reconocimiento y protección de los derechos de las personas con enfermedades terminales, y el buen morir
Este proyecto de ley busca ayudar a las personas con enfermedades terminales, que son graves e incurables con poco tiempo de vida. Les da derecho a cuidados paliativos (atención para aliviar dolor y sufrimiento físico y emocional, sin curar la enfermedad). Incluye apoyo para familiares cercanos y cuidadores. Prohíbe la eutanasia (matar para acabar el sufrimiento) y tratamientos que prolonguen la vida artificialmente o causen más dolor. Los médicos deben diagnosticar la enfermedad terminal. Si se atienden en casa, debe haber un registro de síntomas y tratamientos. El Ministerio de Salud hará reglas para esto y promoverá estos cuidados con el presupuesto disponible. La ley entra en seis meses tras publicarse.
Estado: PublicadoPresentado: martes, 2 de abril de 2019
Distribución de Votos
A favor58
En contra56
Abstenciones8
Análisis Estadístico
Aprobación
47.5%
Rechazo
45.9%
Participación
88.4%
Polarización
1.6%
Cohesión promedio
90.5%
Total votantes
122
Votos por Partido Político
Cohesión Partidaria
PS
92.9%
Muy Alta
RN
92.6%
Muy Alta
UDI
100.0%
Muy Alta
PPD
100.0%
Muy Alta
PR
100.0%
Muy Alta
DC
55.6%
Muy Baja
FRVS
66.7%
Baja
PC
100.0%
Muy Alta
RD
100.0%
Muy Alta
PL
100.0%
Muy Alta
PH
100.0%
Muy Alta
EVOP
60.0%
Baja
PEV
100.0%
Muy Alta
COMUNES
100.0%
Muy Alta
Niveles de cohesión:
Muy Alta (90%+)
Alta (80-89%)
Media (70-79%)
Baja (60-69%)
Muy Baja (<60%)
Votos Individuales (138 diputados)
Acciones
Información Adicional
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe