Especifica y refuerza las penas principales y accesorias, y modifica las penas de inhabilitación contempladas en los incisos segundo y final del artículo 372 del Código Penal Artículo: con la salvedad de las normas que requieren quorum especial para su aprobación, las que se votarán a continuación.
Boletín N° 12208-07
Proyecto de Ley Relacionado
Especifica y refuerza las penas principales y accesorias, y modifica las penas de inhabilitación contempladas en los incisos segundo y final del artículo 372 del Código Penal
Este proyecto busca proteger mejor a los niños y niñas de abusadores sexuales reincidentes. Hoy, algunos jueces no escriben claramente en las sentencias las penas que impiden a los condenados trabajar con menores, como en escuelas o transporte escolar. Esto hace que no se registren bien y los delincuentes puedan volver a esos trabajos. La ley obliga a los fiscales a pedir siempre esa pena (inhabilitación perpetua, es decir, para siempre) y a los jueces a ponerla clara en la sentencia. Si no lo hacen, el fiscal debe apelar. Crea un registro especial de estas inhabilitaciones perpetuas en el Registro de Condenas. También permite que el Ministerio de Educación y Transportes chequeen antecedentes para no contratar condenados en escuelas o buses escolares. No afecta otros beneficios para borrar antecedentes, solo mantiene estas inhabilidades. Los ministros de Justicia, Educación y Transportes firman el mensaje presidencial.