Establece incentivos al retiro para los funcionarios del Senado, de la Cámara de Diputados y de la Biblioteca del Congreso Nacional, y les otorga el derecho a percibir la bonificación por retiro del Título II de la ley N°19.
Boletín N° 11585-05
Proyecto de Ley Relacionado
Establece incentivos al retiro para los funcionarios del Senado, de la Cámara de Diputados y de la Biblioteca del Congreso Nacional, y les otorga el derecho a percibir la bonificación por retiro del Título II de la ley N°19.882, en la forma que indica.
Este proyecto de ley busca entregar beneficios económicos a los trabajadores del Senado, la Cámara de Diputados y la Biblioteca del Congreso que decidan jubilarse. Para recibir estos pagos, los hombres deben tener 65 años y las mujeres 60 años. El beneficio principal es una bonificación de dinero que depende de cuántos años trabajaron y qué cargo tenían. También se entrega un premio extra a quienes trabajaron más de 40 años o realizaron tareas pesadas (esfuerzo físico o desgaste mayor). Es importante saber que quienes acepten este dinero no podrán volver a trabajar en el Estado por 5 años, a menos que devuelvan el total de lo recibido. El objetivo es agradecer su trayectoria y permitir que nuevas personas puedan ascender en sus carreras dentro del Congreso.