Modifica el numeral 1 del artículo 75 de la Ley de Tránsito, relativo al uso de vidrios oscuros o polarizados en vehículos motorizados.
Boletín N° 10645-15
Sesión: Sesión n°130, Especial del 22 Jan 2019 a las 18:30hrs.• Proyecto de Ley• Quórum Quórum SimpleSesión Nº 130
Aprobado
Proyecto de Ley Relacionado
Modifica el numeral 1 del artículo 75 de la Ley de Tránsito, relativo al uso de vidrios oscuros o polarizados en vehículos motorizados.
Esta ley cambia las reglas sobre los vidrios oscuros o polarizados en los autos. Antes, solo se permitían si venían así de fábrica. Ahora, cualquier vehículo puede tener vidrios oscuros, siempre y cuando se pueda ver bien hacia adentro y hacia afuera del auto. Para que sea legal, el polarizado debe cumplir con normas técnicas (reglas de seguridad) que revisarán en las Plantas de Revisión Técnica. El objetivo es que los conductores tengan claridad sobre qué está permitido y que la policía pueda fiscalizar correctamente usando tecnología moderna, asegurando que el oscurecimiento no cause accidentes de tránsito.
Estado: PublicadoPresentado: miércoles, 4 de mayo de 2016
Distribución de Votos
A favor117
Abstenciones3
Análisis Estadístico
Aprobación
97.5%
Rechazo
0.0%
Participación
85.7%
Polarización
97.5%
Cohesión promedio
97.5%
Total votantes
120
Votos por Partido Político
Cohesión Partidaria
PS
93.3%
Muy Alta
RN
100.0%
Muy Alta
DC
100.0%
Muy Alta
UDI
100.0%
Muy Alta
PPD
100.0%
Muy Alta
PR
100.0%
Muy Alta
FRVS
100.0%
Muy Alta
PC
71.4%
Media
RD
100.0%
Muy Alta
PH
100.0%
Muy Alta
EVOP
100.0%
Muy Alta
PL
100.0%
Muy Alta
PEV
100.0%
Muy Alta
COMUNES
100.0%
Muy Alta
Niveles de cohesión:
Muy Alta (90%+)
Alta (80-89%)
Media (70-79%)
Baja (60-69%)
Muy Baja (<60%)
Votos Individuales (140 diputados)
Acciones
Información Adicional
Trámite:
Segundo Trámite / Primer Informe