Modifica la ley N° 18.
Boletín N° 13424-07
Proyecto de Ley Relacionado
Modifica la ley N° 18.415, orgánica constitucional de los Estados de Excepción, para sancionar a quienes incrementen el precio de los bienes que indica, o comercialicen bienes destinados a su distribución gratuita, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional, o situaciones de alerta sanitaria, o emergencias similares
Este proyecto de ley cambia la Ley 18.415, que regula los estados de excepción como emergencias o catástrofes (estado de catástrofe por terremotos o pandemias). Agrega un artículo nuevo (21 bis) para castigar a quienes suban injustificadamente los precios de productos básicos como comida, artículos de higiene, materiales de construcción, combustible o medicinas. Solo si el aumento es de 20% o más comparado con antes de la emergencia. También sanciona a quienes vendan cosas que el gobierno iba a dar gratis en la zona afectada. La pena es presidio menor en grado mínimo a medio (61 días a 3 años de cárcel) más multa de dos veces lo ganado extra. Busca evitar especulación en crisis, como en COVID-19, llenando un vacío legal ya que normas antiguas no aplican sin precios oficiales.