Modifica la Carta Fundamental para permitir el retiro excepcional de fondos acumulados en compañías de seguros, bajo la modalidad de rentas vitalicias Artículo: Sesión: Sesión n°130, Ordinaria del 13 Jan 2021 a las 10:06hrs.
Boletín N° 13763-07
Sesión: Sesión n°130, Ordinaria del 13 Jan 2021 a las 10:06hrs.• Proyecto de Ley• Quórum Reforma Constitucional 3/5Sesión Nº 130
Rechazado
Proyecto de Ley Relacionado
Modifica la Carta Fundamental para permitir el retiro excepcional de fondos acumulados en compañías de seguros, bajo la modalidad de rentas vitalicias
Este proyecto busca cambiar la Constitución para que las personas que reciben su pensión como renta vitalicia (administrada por compañías de seguros) puedan retirar hasta el 10% de sus fondos ahorrados, de forma voluntaria y solo una vez. Esto iguala el beneficio que ya tuvieron los afiliados a las AFP gracias a una ley anterior aprobada en julio 2020 por la pandemia. Afecta a unos 633 mil pensionados con rentas vitalicias, que representan más del 45% de los jubilados, excluidos previamente. Los retiros seguirían las mismas reglas de montos mínimos y máximos, trámites y exenciones de impuestos que la norma anterior. El objetivo es corregir una discriminación y ayudar con los efectos económicos del COVID-19.
Estado: ArchivadoPresentado: viernes, 4 de septiembre de 2020
Distribución de Votos
A favor87
En contra23
Abstenciones13
Dispensados2
Análisis Estadístico
Aprobación
70.7%
Rechazo
18.7%
Participación
100.0%
Polarización
52.0%
Cohesión promedio
92.4%
Total votantes
123
Votos por Partido Político
Cohesión Partidaria
PS
100.0%
Muy Alta
RN
45.5%
Muy Baja
DC
100.0%
Muy Alta
UDI
53.3%
Muy Baja
PPD
100.0%
Muy Alta
FRVS
100.0%
Muy Alta
PR
100.0%
Muy Alta
PREP
100.0%
Muy Alta
PC
100.0%
Muy Alta
PCS
100.0%
Muy Alta
RD
100.0%
Muy Alta
PL
100.0%
Muy Alta
EVOP
80.0%
Alta
PEV
100.0%
Muy Alta
PH
100.0%
Muy Alta
COMUNES
100.0%
Muy Alta
Niveles de cohesión:
Muy Alta (90%+)
Alta (80-89%)
Media (70-79%)
Baja (60-69%)
Muy Baja (<60%)
Votos Individuales (123 diputados)
Acciones
Información Adicional
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe