Modifica el Código Sanitario para regular los medicamentos bioequivalentes genéricos y evitar la integración vertical de laboratorios y farmacias.
Boletín N° 9914-11
artículo 101 contenido en el número 7 del artículo 1 propuesto por la Comisión de Salud en su primer informe con la siguiente indicación renovada del diputado señor Bellolio: Para sustituir en el inciso primero del artículo 101 contenido en el número 7 del artículo 1, la expresión ‘individualizado exclusivamente por su denominación común internacional’ por ‘individualizado exclusivamente por su denominación común internacional, salvo que su intercambiabilidad no esté debidamente acreditada.• Proyecto de Ley• Quórum Quórum SimpleSesión Nº 114
Rechazado
Distribución de Votos
A favor59
En contra73
Abstenciones6
Análisis Estadístico
Aprobación
42.8%
Rechazo
52.9%
Participación
92.0%
Polarización
10.1%
Cohesión promedio
96.7%
Total votantes
138
Votos por Partido Político
Cohesión Partidaria
PS
100.0%
Muy Alta
RN
92.6%
Muy Alta
DC
90.9%
Muy Alta
UDI
100.0%
Muy Alta
PPD
100.0%
Muy Alta
PR
100.0%
Muy Alta
FRVS
100.0%
Muy Alta
PREP
100.0%
Muy Alta
PC
100.0%
Muy Alta
RD
100.0%
Muy Alta
PL
100.0%
Muy Alta
PH
100.0%
Muy Alta
EVOP
66.7%
Baja
PEV
100.0%
Muy Alta
COMUNES
100.0%
Muy Alta
Niveles de cohesión:
Muy Alta (90%+)
Alta (80-89%)
Media (70-79%)
Baja (60-69%)
Muy Baja (<60%)
Votos Individuales (150 diputados)
Acciones
Información Adicional
Trámite:
Primer Trámite / Segundo Informe