Regula el ejercicio de los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde el territorio especial de Isla de Pascua Artículo: enmiendas incorporadas en los artículos 2, 5, 6, 9; la supresión del artículo 15; 19, que pasaría a ser 18; 21, que pasaría a ser 20; 39, que pasaría a ser 38; 41, que pasaría a ser 40 y 61 que pasaría a ser 60; el nuevo artículo 62 incorporado por el Senado y el nuevo artículo sexto transitorio incorporado por el Senado.
Boletín N° 10683-06
Proyecto de Ley Relacionado
Regula el ejercicio de los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde el territorio especial de Isla de Pascua
Esta ley busca proteger a la Isla de Pascua (Rapa Nui) del exceso de personas que la visitan o viven allí. Debido a que es un lugar pequeño con recursos limitados, como el agua, se establece que los visitantes solo pueden quedarse un máximo de 30 días. Quienes quieran vivir allá deben cumplir requisitos especiales, como tener familia en la isla o un contrato de trabajo. Se crea un Consejo que vigilará cuánta gente hay y podrá declarar estados de 'latencia' o 'saturación' si hay demasiadas personas, lo que permitirá restringir nuevos ingresos o contratos. Las empresas de aviones y barcos deberán revisar que todos tengan su pasaje de vuelta y alojamiento reservado. Si alguien no cumple las reglas, podrá recibir multas o ser obligado a abandonar la isla. Estas reglas no afectan los derechos de las personas que pertenecen al pueblo originario Rapa Nui.