Prohíbe el uso de los dispositivos de calefacción domiciliaria que emplean leña como combustible, en lugares declarados como zonas saturadas o latentes de conformidad a la legislación ambiental Artículo: Sesión: Sesión n°40, Especial del 09 Jul 2020 a las 10:10hrs.
Boletín N° 13412-12
Sesión: Sesión n°40, Especial del 09 Jul 2020 a las 10:10hrs.• Proyecto de Ley• Quórum Quórum SimpleSesión Nº 40
Aprobado
Proyecto de Ley Relacionado
Prohíbe el uso de los dispositivos de calefacción domiciliaria que emplean leña como combustible, en lugares declarados como zonas saturadas o latentes de conformidad a la legislación ambiental
Este proyecto busca mejorar la calidad del aire en zonas declaradas saturadas o latentes por contaminación (como Temuco o Coyhaique). Prohíebe usar estufas o calderas a leña en casas para calefacción. Excepción: casas con avalúo fiscal (valor para contribuciones) menor o igual al monto exento de impuesto territorial, protegiendo a familias vulnerables. La Superintendencia del Medio Ambiente y autoridades sanitarias fiscalizarán y sancionarán incumplimientos según leyes ambientales y sanitarias. Antecedentes destacan que la leña causa altos niveles de partículas finas (MP2.5), provocando enfermedades respiratorias, mortalidad prematura y costos sociales altos en el sur de Chile.
Estado: RechazadoPresentado: martes, 7 de abril de 2020
Distribución de Votos
A favor73
En contra41
Abstenciones22
Dispensados1
Análisis Estadístico
Aprobación
53.7%
Rechazo
30.1%
Participación
97.1%
Polarización
23.5%
Cohesión promedio
72.7%
Total votantes
136
Votos por Partido Político
Cohesión Partidaria
PS
46.7%
Muy Baja
RN
51.6%
Muy Baja
DC
45.5%
Muy Baja
UDI
60.0%
Baja
PPD
60.0%
Baja
FRVS
66.7%
Baja
PR
50.0%
Muy Baja
PC
100.0%
Muy Alta
PCS
100.0%
Muy Alta
RD
100.0%
Muy Alta
PL
50.0%
Muy Baja
PH
100.0%
Muy Alta
EVOP
60.0%
Baja
PEV
100.0%
Muy Alta
COMUNES
100.0%
Muy Alta
Niveles de cohesión:
Muy Alta (90%+)
Alta (80-89%)
Media (70-79%)
Baja (60-69%)
Muy Baja (<60%)
Votos Individuales (140 diputados)
Acciones
Información Adicional
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe