Modifica la Carta Fundamental, para facilitar la suscripción de patrocinios y la declaración e inscripción de listas de candidaturas independientes, con miras a la elección de los integrantes del órgano constituyente a que se refiere su disposición vigésimo novena transitoria Artículo: indicación renovada: Agréguese el siguiente artículo segundo al proyecto de reforma constitucional: “Artículo segundo: Intercálense en el artículo 131 de la Constitución Política los siguientes incisos 5° y 6°, pasando el actual 5° a ser 7°: ‘Sin perjuicio de lo que señalan los incisos anteriores, las declaraciones de candidaturas a la Convención que presente un pacto electoral podrán incluir candidatos de los partidos políticos que no se encuentren legalmente constituidos en la respectiva región, en la medida que uno de sus integrantes tenga aquella calidad.
Boletín N° 13790-07
Proyecto de Ley Relacionado
Modifica la Carta Fundamental, para facilitar la suscripción de patrocinios y la declaración e inscripción de listas de candidaturas independientes, con miras a la elección de los integrantes del órgano constituyente a que se refiere su disposición vigésimo novena transitoria
Este proyecto busca facilitar que personas independientes puedan postularse al órgano que redactará una nueva Constitución. Actualmente, para inscribir candidaturas o listas independientes se necesitan patrocinios presenciales ante notario: 0,4% de votos del distrito para cada candidato y hasta 1,5% por lista. Debido a la pandemia, que impide salir de casa en cuarentenas, propone bajar a 0,2% por candidato y 0,5% por lista. Además, permite firmar estos patrocinios en línea a través de la plataforma del Servicio Electoral (Servel) usando Clave Única (clave digital del Estado). Así, se evita que la crisis sanitaria bloquee la participación de independientes, como se acordó en el Congreso para equilibrar con partidos políticos.