Derecho a optar voluntariamente para recibir asistencia médica con el objeto de acelerar la muerte en caso de enfermedad terminal e incurable.
Boletín N° 7736-11
Se ha renovado una indicación (4 y 13) de los diputados señores Gahona, Macaya y Sanhueza, para incorporar un nuevo literal f) en el artículo 16 B del siguiente tenor: “f) Haber recibido los cuidados paliativos acordes a su enfermedad por un periodo prudencial determinado por el equipo encargado de la atención en cuidados paliativos del paciente y de su familia, de lo cual dejará constancia.• Proyecto de Ley• Quórum Quórum SimpleSesión Nº 21
Rechazado
Distribución de Votos
A favor61
En contra80
Abstenciones2
Análisis Estadístico
Aprobación
42.7%
Rechazo
55.9%
Participación
96.0%
Polarización
13.3%
Cohesión promedio
90.1%
Total votantes
143
Votos por Partido Político
Cohesión Partidaria
PS
100.0%
Muy Alta
RN
78.1%
Media
DC
60.0%
Baja
UDI
96.3%
Muy Alta
PPD
100.0%
Muy Alta
FRVS
66.7%
Baja
PR
100.0%
Muy Alta
PC
100.0%
Muy Alta
PCS
100.0%
Muy Alta
RD
100.0%
Muy Alta
PL
100.0%
Muy Alta
EVOP
50.0%
Muy Baja
PEV
100.0%
Muy Alta
PH
100.0%
Muy Alta
COMUNES
100.0%
Muy Alta
Niveles de cohesión:
Muy Alta (90%+)
Alta (80-89%)
Media (70-79%)
Baja (60-69%)
Muy Baja (<60%)
Votos Individuales (149 diputados)
Acciones
Información Adicional
Trámite:
Primer Trámite / Segundo Informe