Derecho a optar voluntariamente para recibir asistencia médica con el objeto de acelerar la muerte en caso de enfermedad terminal e incurable.
Boletín N° 7736-11
Se ha renovado una indicación (12) de los diputados señores Undurraga y Álvarez, para agregar en el inciso final del artículo 16 A, luego del punto final que pasa a ser punto seguido, la siguiente oración: “Un reglamento dictado por el Ministerio de Salud determinará los criterios y procedimientos a los que deberán atenerse los profesionales médicos al momento de evaluar y diagnosticar que la condición de la enfermedad reúne los requisitos antes señalados para ser considerada enfermedad terminal.• Proyecto de Ley• Quórum Quórum SimpleSesión Nº 21
Aprobado
Proyecto de Ley Relacionado
Derecho a optar voluntariamente para recibir asistencia médica con el objeto de acelerar la muerte en caso de enfermedad terminal e incurable.
Este proyecto de ley busca que las personas que sufren una enfermedad que no tiene cura y que les causa mucho dolor, puedan decidir voluntariamente terminar con su vida de forma digna. Para esto, el paciente debe ser mayor de edad, estar en sus cabales y pedirlo por escrito ante un notario. Si la persona llega a un estado donde no puede hablar o moverse, pero dejó su voluntad escrita en un testamento, los médicos podrán ayudarle sin ir a la cárcel. El objetivo es respetar la decisión de cada persona sobre su propio cuerpo y su dignidad.
Estado: Segundo trámite constitucionalPresentado: jueves, 16 de junio de 2011
Ver proyecto de ley · Boletín 7736-11Distribución de Votos
A favor72
En contra66
Abstenciones3
Análisis Estadístico
Aprobación
51.1%
Rechazo
46.8%
Participación
95.9%
Polarización
4.3%
Cohesión promedio
90.3%
Total votantes
141
Votos por Partido Político
Cohesión Partidaria
PS
75.0%
Media
RN
90.6%
Muy Alta
DC
55.6%
Muy Baja
UDI
100.0%
Muy Alta
PPD
100.0%
Muy Alta
FRVS
66.7%
Baja
PR
100.0%
Muy Alta
PC
100.0%
Muy Alta
PCS
100.0%
Muy Alta
RD
100.0%
Muy Alta
PL
100.0%
Muy Alta
EVOP
66.7%
Baja
PEV
100.0%
Muy Alta
PH
100.0%
Muy Alta
COMUNES
100.0%
Muy Alta
Niveles de cohesión:
Muy Alta (90%+)
Alta (80-89%)
Media (70-79%)
Baja (60-69%)
Muy Baja (<60%)
Votos Individuales (147 diputados)
Acciones
Información Adicional
Trámite:
Primer Trámite / Segundo Informe