Derecho a optar voluntariamente para recibir asistencia médica con el objeto de acelerar la muerte en caso de enfermedad terminal e incurable.
Boletín N° 7736-11
Se ha renovado una indicación (5 y 14) de los diputados señores Gahona, Macaya y Sanhueza, para eliminar en el inciso tercero del artículo 16 A, la oración “, también podrá ser de naturaleza psíquica”.• Proyecto de Ley• Quórum Quórum SimpleSesión Nº 21
Rechazado
Proyecto de Ley Relacionado
Derecho a optar voluntariamente para recibir asistencia médica con el objeto de acelerar la muerte en caso de enfermedad terminal e incurable.
Este proyecto de ley busca que las personas que sufren una enfermedad que no tiene cura y que les causa mucho dolor, puedan decidir voluntariamente terminar con su vida de forma digna. Para esto, el paciente debe ser mayor de edad, estar en sus cabales y pedirlo por escrito ante un notario. Si la persona llega a un estado donde no puede hablar o moverse, pero dejó su voluntad escrita en un testamento, los médicos podrán ayudarle sin ir a la cárcel. El objetivo es respetar la decisión de cada persona sobre su propio cuerpo y su dignidad.
Estado: Segundo trámite constitucionalPresentado: jueves, 16 de junio de 2011
Ver proyecto de ley · Boletín 7736-11Distribución de Votos
A favor67
En contra71
Abstenciones2
Análisis Estadístico
Aprobación
47.9%
Rechazo
50.7%
Participación
95.9%
Polarización
2.9%
Cohesión promedio
86.9%
Total votantes
140
Votos por Partido Político
Cohesión Partidaria
PS
100.0%
Muy Alta
RN
87.1%
Alta
DC
50.0%
Muy Baja
UDI
100.0%
Muy Alta
PPD
100.0%
Muy Alta
FRVS
50.0%
Muy Baja
PR
50.0%
Muy Baja
PC
100.0%
Muy Alta
PCS
100.0%
Muy Alta
RD
100.0%
Muy Alta
PL
100.0%
Muy Alta
EVOP
66.7%
Baja
PEV
100.0%
Muy Alta
PH
100.0%
Muy Alta
COMUNES
100.0%
Muy Alta
Niveles de cohesión:
Muy Alta (90%+)
Alta (80-89%)
Media (70-79%)
Baja (60-69%)
Muy Baja (<60%)
Votos Individuales (146 diputados)
Acciones
Información Adicional
Trámite:
Primer Trámite / Segundo Informe