Sobre información y rendición de cuentas de gastos reservados Artículo: modificaciones incorporadas por el Senado en el proyecto de ley, con la salvedad del inciso noveno del artículo 4 contenido en el número 3 del artículo 1, por tratar una materia propia de ley de quorum calificado y de los incisos primero, tercero, cuarto, sexto, séptimo y octavo del artículo 4 contenido en el número 3 del artículo 1, por tratar materias propias de ley orgánica constitucional.
Boletín N° 12332-05
Proyecto de Ley Relacionado
Sobre información y rendición de cuentas de gastos reservados
Los gastos reservados son fondos secretos que usan ministerios como Interior, Defensa, Relaciones Exteriores, FFAA, Carabineros, PDI y ANI para fines del servicio público, como inteligencia o seguridad (no políticos). Este proyecto hace más transparente su uso. Cada ministerio identifica por resolución secreta las unidades que los usan. Sus jefes informan cada seis meses, en secreto, al subsecretario respectivo: Interior para Interior, Carabineros, PDI, ANI; Relaciones Exteriores para su ministerio y Dirección de Fronteras; Defensa para su ministerio y FFAA. Rinden cuentas anuales al Contralor General, con detalles por categorías principales y juramento de uso legal. El Contralor opina secretamente al Presidente. También elimina montos mínimos fijos para FFAA y Carabineros en sus leyes orgánicas, para decidirlos cada año en presupuestos. Responde a demandas sociales por mayor rendición de cuentas.