Proyecto de reforma constitucional que permite al Congreso Pleno funcionar por medios telemáticos una vez declarada una cuarentena sanitaria o un estado de excepción constitucional.
Boletín N° 13510-07
Indicación del Ejecutivo AL ARTÍCULO ÚNICO 1) Para agregar el siguiente encabezado al artículo: “Introdúcense las siguientes modificaciones a la disposición transitoria trigésima segunda de la Constitución Política de la República:”.• Proyecto de Ley• Quórum Reforma Constitucional 3/5Sesión Nº 23
Aprobado
Proyecto de Ley Relacionado
Proyecto de reforma constitucional que permite al Congreso Pleno funcionar por medios telemáticos una vez declarada una cuarentena sanitaria o un estado de excepción constitucional.
Este proyecto propone cambiar la Constitución chilena para que el Congreso Pleno (reunión de todos los diputados y senadores) pueda trabajar por internet cuando hay cuarentena por una enfermedad grave o un estado de emergencia declarado por el Presidente. Esto responde a la crisis sanitaria del 2020, donde se restringían reuniones para proteger la salud, pero se necesitaba que el Congreso siguiera funcionando. El cambio específico es agregar 'el Congreso Pleno' a la norma que ya permite sesiones virtuales a la Cámara de Diputados y Diputadas y al Senado. Así, se asegura continuidad legislativa sin riesgos.
Estado: PublicadoPresentado: miércoles, 13 de mayo de 2020
Distribución de Votos
A favor121
En contra25
Abstenciones4
Análisis Estadístico
Aprobación
80.7%
Rechazo
16.7%
Participación
100.0%
Polarización
64.0%
Cohesión promedio
84.5%
Total votantes
150
Votos por Partido Político
Cohesión Partidaria
RN
97.1%
Muy Alta
DC
100.0%
Muy Alta
UDI
100.0%
Muy Alta
PS
62.5%
Baja
PPD
50.0%
Muy Baja
FRVS
100.0%
Muy Alta
PR
75.0%
Media
PREP
100.0%
Muy Alta
PC
66.7%
Baja
PCS
100.0%
Muy Alta
RD
100.0%
Muy Alta
PL
100.0%
Muy Alta
PH
50.0%
Muy Baja
EVOP
100.0%
Muy Alta
PEV
100.0%
Muy Alta
COMUNES
50.0%
Muy Baja
Niveles de cohesión:
Muy Alta (90%+)
Alta (80-89%)
Media (70-79%)
Baja (60-69%)
Muy Baja (<60%)
Votos Individuales (150 diputados)
Acciones
Información Adicional
Trámite:
Segundo Trámite / Primer Informe