Proyecto de ley que faculta el acceso a prestaciones del seguro de desempleo de la ley N° 19.
Boletín N° 13352-13
Proyecto de Ley Relacionado
Proyecto de ley que faculta el acceso a prestaciones del seguro de desempleo de la ley N° 19.728, en circunstancias excepcionales.
Este proyecto de ley ayuda a los trabajadores cuando hay paralizaciones totales por el COVID-19, como cuarentenas ordenadas por la autoridad. Permite que accedan al seguro de desempleo con solo 3 cotizaciones recientes, sin necesidad de haber sido despedidos. Los contratos se suspenden automáticamente, pero los empleadores deben seguir pagando cotizaciones de salud y previsión (excepto accidentes laborales). No pueden despedir salvo por necesidades de la empresa. También deja hacer pactos para reducir la jornada hasta en 50%, donde el trabajador recibe su sueldo proporcional más un complemento de hasta $225.000 de su cuenta de cesantía o fondo solidario. Incluye reglas especiales para trabajadores de casa particular. Vigencia: 6 meses para suspensiones, 12 para reducciones. Parte del plan para enfrentar la pandemia y proteger trabajos.