Crea el Sistema de Educación Pública y modifica diversos cuerpos legales. Artículo: inciso primero del artículo octavo transitorio, en los términos propuestos por la Comisión de Educación en su segundo informe, que la Comisión de Hacienda propone rechazar
Boletín N° 10368-04
inciso primero del artículo octavo transitorio, en los términos propuestos por la Comisión de Educación en su segundo informe, que la Comisión de Hacienda propone rechazar Sesión: Sesión n°43, Ordinaria del 13 Jul 2016 a las 10:42hrs.• Proyecto de Ley• Quórum Ley Orgánica ConstitucionalSesión Nº 43
Aprobado
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Crea el Sistema de Educación Pública y modifica diversos cuerpos legales.
Este proyecto busca cambiar la forma en que se administran los colegios públicos en Chile. Actualmente, los municipios se encargan de ellos, pero esto genera diferencias de calidad según la riqueza de cada comuna. La nueva ley crea la Dirección de Educación Pública y 67 'Servicios Locales'. Estos servicios serán los nuevos encargados de cuidar los colegios, asegurando que tengan mejores profesores, mejores edificios y más apoyo técnico. El cambio será poco a poco (gradual) para no afectar a los estudiantes. El objetivo es que todos los niños y jóvenes, sin importar dónde vivan, reciban una educación de calidad, laica y con las mismas oportunidades.
Estado: Tramitación terminadaPresentado: martes, 3 de noviembre de 2015
Ver proyecto de ley · Boletín 10368-04Distribución de Votos
A favor68
En contra39
Abstenciones1
Análisis Estadístico
Aprobación
63.0%
Rechazo
36.1%
Participación
98.2%
Polarización
26.9%
Cohesión promedio
99.4%
Total votantes
108
Votos por Partido Político
Cohesión Partidaria
PPD
100.0%
Muy Alta
IC
100.0%
Muy Alta
RN
92.9%
Muy Alta
PR
100.0%
Muy Alta
PS
100.0%
Muy Alta
UDI
100.0%
Muy Alta
DC
100.0%
Muy Alta
AMPL
100.0%
Muy Alta
PC
100.0%
Muy Alta
RD
100.0%
Muy Alta
EVOP
100.0%
Muy Alta
PL
100.0%
Muy Alta
Niveles de cohesión:
Muy Alta (90%+)
Alta (80-89%)
Media (70-79%)
Baja (60-69%)
Muy Baja (<60%)
Votos Individuales (110 diputados)
Acciones
Información Adicional
Trámite:
Primer Trámite / Segundo Informe