Modifica ley N° 17.798, de control de armas y el Código Procesal Penal. Artículo: votación de las modificaciones introducidas por el Senado, con la salvedad de los numerales 2), 3), 4), 5), 6), 7), 8), y 9) del artículo 1° y del artículo transitorio del proyecto despachado por el Senado, por tratarse de normas de quorum calificado; del nuevo numeral 22) del artículo 1°, por tratarse de una norma propia de ley orgánica constitucional y de los modificaciones introducidas al numeral 4) del artículo 1° que ha pasado a ser 12), en lo que respecta al nuevo artículo 10 A, el nuevo numeral 19) del artículo 1°, el nuevo numeral 21 ) del artículo 1° , el artículo 2° en lo que respecta al artículo 237 del Código Procesal Penal, el nuevo artículo 4° y el nuevo artículo 5°, cuyas votaciones separadas han sido solicitadas
Boletín N° 6201-02
Proyecto de Ley Relacionado
Este proyecto de ley busca mejorar la seguridad ciudadana mediante reglas mucho más estrictas sobre el uso de armas de fuego. En primer lugar, permite que los jueces prohíban a ciertas personas tener o portar armas como una medida de protección preventiva. En segundo lugar, si una persona está involucrada en casos de violencia intrafamiliar (que es la violencia que ocurre dentro de la familia), las autoridades podrán quitarle sus armas de inmediato. También, se establece un castigo con multas para quienes entreguen armas a menores de edad, a menos que sean deportistas acreditados. Finalmente, se sancionará a los dueños de armas que no avisen a la autoridad si cambian de domicilio. El objetivo principal es que el Estado tenga un control mucho más efectivo sobre quiénes poseen armas y dónde se encuentran realmente, evitando así que estas se utilicen para cometer delitos graves en nuestra sociedad.