Regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado. Artículo: literal c) del numeral 4) del artículo 1° del proyecto, con la siguiente indicación renovada: Para reemplazar la letra c), del artículo 10, por la siguiente: “c) Los profesionales de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo; del mismo modo, es deber del estado y del sistema educacional, garantizar el derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa, entendiendo por tales a alumnos, padres y apoderados, docentes, paradocentes, administrativos, auxiliares, directores y sostenedores, entre otros. Cualquier transgresión a este artículo será siempre considerado como una afectación grave a la convivencia escolar.”
Boletín N° 9366-04
literal c) del numeral 4) del artículo 1° del proyecto, con la siguiente indicación renovada: Para reemplazar la letra c), del artículo 10, por la siguiente: “c) Los profesionales de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo; del mismo modo, es deber del estado y del sistema educacional, garantizar el derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa, entendiendo por tales a alumnos, padres y apoderados, docentes, paradocentes, administrativos, auxiliares, directores y sostenedores, entre otros.• Proyecto de Ley• Quórum Ley Orgánica ConstitucionalSesión Nº 83
Rechazado
Proyecto de Ley Relacionado
Regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado.
Este proyecto de ley busca cambiar la forma en que funciona la educación en Chile. Sus tres metas principales son: primero, prohibir que los colegios que reciben dinero del Estado tengan fines de lucro (es decir, que no busquen ganar dinero para dueños particulares); segundo, terminar con el 'financiamiento compartido' o copago, para que las familias no tengan que pagar mensualidades; y tercero, prohibir la selección de alumnos, permitiendo que todos puedan postular por igual. Para lograr esto, se creará un sistema de postulación por internet donde los cupos se asignarán de forma justa. El cambio será gradual, dando tiempo a los colegios para adaptarse durante los próximos años.
Estado: Tramitación terminadaPresentado: jueves, 22 de mayo de 2014
Ver proyecto de ley · Boletín 9366-04Distribución de Votos
A favor42
En contra69
Abstenciones4
Dispensados1
Análisis Estadístico
Aprobación
36.5%
Rechazo
60.0%
Participación
100.0%
Polarización
23.5%
Cohesión promedio
99.4%
Total votantes
115
Votos por Partido Político
Cohesión Partidaria
PPD
93.3%
Muy Alta
IC
100.0%
Muy Alta
UDI
100.0%
Muy Alta
RN
100.0%
Muy Alta
PR
100.0%
Muy Alta
PS
100.0%
Muy Alta
AMPL
100.0%
Muy Alta
DC
100.0%
Muy Alta
PC
100.0%
Muy Alta
RD
100.0%
Muy Alta
EVOP
100.0%
Muy Alta
PL
100.0%
Muy Alta
Niveles de cohesión:
Muy Alta (90%+)
Alta (80-89%)
Media (70-79%)
Baja (60-69%)
Muy Baja (<60%)
Votos Individuales (115 diputados)
Acciones
Información Adicional
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe