Regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado. Artículo: literal c) del numeral 4) del artículo 1° del proyecto, con la siguiente indicación renovada: Para reemplazar la letra c), del artículo 10, por la siguiente: “c) Los profesionales de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo; del mismo modo, es deber del estado y del sistema educacional, garantizar el derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa, entendiendo por tales a alumnos, padres y apoderados, docentes, paradocentes, administrativos, auxiliares, directores y sostenedores, entre otros. Cualquier transgresión a este artículo será siempre considerado como una afectación grave a la convivencia escolar.”
Boletín N° 9366-04
literal c) del numeral 4) del artículo 1° del proyecto, con la siguiente indicación renovada: Para reemplazar la letra c), del artículo 10, por la siguiente: “c) Los profesionales de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo; del mismo modo, es deber del estado y del sistema educacional, garantizar el derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa, entendiendo por tales a alumnos, padres y apoderados, docentes, paradocentes, administrativos, auxiliares, directores y sostenedores, entre otros.• Proyecto de Ley• Quórum Ley Orgánica ConstitucionalSesión Nº 83
Rechazado
Distribución de Votos
A favor42
En contra69
Abstenciones4
Dispensados1
Análisis Estadístico
Aprobación
36.5%
Rechazo
60.0%
Participación
100.0%
Polarización
23.5%
Cohesión promedio
99.4%
Total votantes
115
Votos por Partido Político
Cohesión Partidaria
PPD
93.3%
Muy Alta
IC
100.0%
Muy Alta
UDI
100.0%
Muy Alta
RN
100.0%
Muy Alta
PR
100.0%
Muy Alta
PS
100.0%
Muy Alta
AMPL
100.0%
Muy Alta
DC
100.0%
Muy Alta
PC
100.0%
Muy Alta
RD
100.0%
Muy Alta
EVOP
100.0%
Muy Alta
PL
100.0%
Muy Alta
Niveles de cohesión:
Muy Alta (90%+)
Alta (80-89%)
Media (70-79%)
Baja (60-69%)
Muy Baja (<60%)
Votos Individuales (115 diputados)
Acciones
Información Adicional
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe