Cómo votó cada diputado: Modifica el N° 16, del artículo 97, del decreto ley N° 830, de 1974, Código Tributario
Texto oficial: Boletín N° 2364-05
Así votaron los diputados el 5 de septiembre de 2006: A favor 83 · En contra 0 · Abstenciones 0.
Resultado
AprobadoEl registro disponible no incluye el detalle de la decisión.
Ver texto oficial de la decisión
- A favor
- 83
- En contra
- 0
- Abstenciones
- 0
- Dispensados
- 0
Cómo votó cada diputado
83 registros disponibles, agrupados según el voto y con el partido de cada diputada y diputado. “No Vota” no equivale a ausencia.
Votaron a favor (83)
Antecedentes y fuente
Proyecto de Ley Relacionado
Modifica el N° 16, del artículo 97, del decreto ley N° 830, de 1974, Código Tributario.
Actualmente, si una empresa pierde sus libros de contabilidad, debe pagar una multa basada en su 'Capital Efectivo'. Esto significa que la multa se calcula sobre todo lo que la empresa tiene (activos), incluso sobre el dinero que debe a otros (deudas). El proyecto propone cambiar esto para que la multa se calcule sobre el 'Capital Propio'. El capital propio es lo que realmente le pertenece a la empresa después de restar sus deudas. De esta forma, la sanción será más justa y acorde a la realidad económica de cada negocio.