Modifica Código Civil, con objeto de establecer la igualdad entre los hermanos, en el régimen de sucesión intestada.
Ingreso: 10 de septiembre de 2014 · Última actualización: 16 de marzo de 2026, 09:43 a. m.
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Resumen del proyecto
Actualmente, cuando una persona fallece sin dejar testamento, sus hermanos reciben una herencia. Sin embargo, la ley chilena dice que los hermanos que son solo de padre o solo de madre (medio hermanos) reciben la mitad de lo que recibe un hermano de padre y madre (hermano carnal). Este proyecto de ley quiere cambiar eso para que todos los hermanos reciban exactamente lo mismo. Los autores explican que la Constitución dice que todas las personas nacen iguales y que no se deben hacer diferencias injustas. Al tratar a los hermanos de forma distinta solo por un tema biológico, se estaría pasando a llevar la igualdad que prometen los tratados internacionales y nuestra propia Constitución. Con este cambio, si alguien fallece sin hijos ni padres, todos sus hermanos heredarán partes iguales.
Ficha ciudadana
Un vistazo rápido para entender en qué va este proyecto y qué tan prioritario es.
Ingreso a la Cámara
10 de septiembre de 2014
Estado general
Primer trámite constitucional
Describe cómo avanza la revisión en la Cámara de Diputadas y Diputados.
Proceso legislativo
Un resumen rápido del camino del proyecto, desde su ingreso hasta su cierre.
Lectura rápida
4.275 días en trámite, 3.023 días más lento, comparado con proyectos de la misma etapa y temática.
Comparador
comparado con proyectos de la misma etapa y temática
completada
Ingreso
actual
Comisiones
pendiente
Sala en general
pendiente
Sala en particular
pendiente
Segundo trámite
pendiente
Comisión mixta
pendiente
Promulgación
Autores
- Marcela Hernando (A)
Comisiones asignadas
No hay comisiones registradas.
Seguimiento en el Senado
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