Modifica Código Sanitario y ley N° 20.000, que Sanciona el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, con el objeto de despenalizar expendio y autocultivo de cannabis con fines medicinales.
Ingreso: 7 de agosto de 2014 · Última actualización: 16 de marzo de 2026, 09:44 a. m.
Ver ficha oficialEstadísticas rápidas
Días en trámite
4.310
Eventos registrados
14
Documentos
2
Votaciones
0
Resumen del proyecto
Este proyecto de ley propone que las personas puedan cultivar plantas de marihuana en sus casas para uso personal, ya sea por salud, espiritualidad o recreación, sin ser castigadas por la justicia. Para esto, los ciudadanos deberán avisar a la autoridad de salud (SEREMI) dónde está su cultivo y cuántas plantas tienen. También permite que se vendan medicamentos hechos con cannabis en farmacias autorizadas. El objetivo es que los pacientes que necesitan esta planta para tratar dolores o enfermedades como el cáncer puedan acceder a ella de forma segura y legal, separando el consumo personal del tráfico de drogas ilegal. Además, establece que portar hasta cinco gramos de marihuana para uso personal no requerirá permisos especiales.
Ficha ciudadana
Un vistazo rápido para entender en qué va este proyecto y qué tan prioritario es.
Ingreso a la Cámara
7 de agosto de 2014
Estado general
Primer trámite constitucional
Describe cómo avanza la revisión en la Cámara de Diputadas y Diputados.
Proceso legislativo
Un resumen rápido del camino del proyecto, desde su ingreso hasta su cierre.
Lectura rápida
4.309 días en tramitación. Aún no hay suficientes proyectos comparables.
Comparador
Se mostrará cuando haya una cohorte comparable suficientemente estable.
completada
Ingreso
completada
Comisiones
completada
Sala en general
actual
Sala en particular
pendiente
Segundo trámite
pendiente
Comisión mixta
pendiente
Promulgación
Autores
- Marcela Hernando
Comisiones asignadas
No hay comisiones registradas.
Seguimiento en el Senado
No hay información pública del Senado para este boletín todavía.