Modifica el artículo 149 del Código Procesal Penal con el objeto de permitir la interposición verbal del recurso de apelación por parte del Ministerio Público en el caso de delitos cometidos en contexto de violencia intrafamiliar
Temática
GéneroJusticia
Subtemática
Niñez y AdolescenciaVIF
Ingreso: 5 de mayo de 2026 · Última actualización: 12 de mayo de 2026, 11:04 p. m.
Este proyecto busca proteger a las víctimas de violencia intrafamiliar (VIF). Actualmente, cuando un juez decide no dejar en prisión a un acusado de VIF, el fiscal debe reclamar por escrito. Esto toma tiempo y el acusado puede quedar libre de inmediato, lo que pone en riesgo a la víctima. La nueva ley permitirá que el fiscal reclame de palabra (verbalmente) en la misma audiencia. De esta forma, el acusado seguirá detenido hasta que un tribunal superior revise el caso. Esto aplica para agresiones contra parejas, familiares, niños, adultos mayores o personas con discapacidad. El objetivo es evitar que el agresor escape o vuelva a atacar mientras se decide su situación legal.
Ficha ciudadana
Un vistazo rápido para entender en qué va este proyecto y qué tan prioritario es.
Ingreso a la Cámara
5 de mayo de 2026
Estado general
Primer trámite constitucional
Describe cómo avanza la revisión en la Cámara de Diputadas y Diputados.
Proceso legislativo
Un resumen rápido del camino del proyecto, desde su ingreso hasta su cierre.
Ahora: Comisiones
Lectura rápida
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Comisiones
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MociónSesión N° 23 · 12 may 2026
Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Valenzuela, don Juan Marcelo; Briones, Ossandón, don Fabián, y Mulet; y de las diputadas señoras Contreras, doña Flor, y Jiles, que "modifica el artículo 149 del Códi…
A LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN, JUSTICIA Y REGLAMENTO.