Boletín 18084-13Primer trámite constitucional

Modifica el Código del Trabajo, en relación al contrato de los trabajadores portuarios eventuales

Temática
MarítimoTrabajo
Subtemática
Transporte Marítimo
Impacto
Impacto RegulatorioImpacto Social

Ingreso: 26 de enero de 2026 · Última actualización: 27 de enero de 2026, 06:14 p. m.

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Resumen del proyecto

Este proyecto de ley busca mejorar las condiciones de los trabajadores portuarios eventuales (que trabajan por turnos en puertos cargando y descargando mercancías). Actualiza la definición de quién es trabajador portuario, incluyendo labores con nuevas tecnologías. Limita la jornada a 7,5 horas por turno con descanso de 30 minutos y obliga un descanso de 24 horas cada cuatro turnos. Convierte los Convenios de Provisión de Puestos de Trabajo (CPPT) en contratos laborales formales que deben firmar sindicatos y empleadores. Garantiza derechos mínimos: feriado de 1,5 días por mes trabajado y indemnización de tres turnos por mes con al menos 12 turnos. Obliga a empresas a crear guías de trabajo seguro contra fatiga y emergencias. Incluye cláusulas laborales en concesiones portuarias. Entra en vigencia seis meses tras publicación en el Diario Oficial.

Ficha ciudadana

Un vistazo rápido para entender en qué va este proyecto y qué tan prioritario es.

Ingreso a la Cámara

26 de enero de 2026

Estado general

Primer trámite constitucional

Describe cómo avanza la revisión en la Cámara de Diputadas y Diputados.

Comisiones asignadas

No hay comisiones registradas.

Seguimiento en el Senado

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