Radar de fiscalización parlamentaria
Oficios enviados, respuestas recibidas, organismos activados y autores canónicos desde eventos procedimentales de la Cuenta Oficial. Las entidades de organismos se muestran como texto de Cuenta cuando aún no existe canon normalizado.
Eventos analizados
1.285
1 sesiones con Cuenta
Oficios enviados
1.023
Solicitudes de fiscalización o información
Respuestas recibidas
262
Contestaciones comunicadas en Cuenta
Oficios con respuesta trazable
20
Mediana 0 días · media 0 días
Oficios sin respuesta trazable
1.003
242 respuestas sin oficio asociado
Organismos identificados
537
Nombres específicos extraídos de Cuenta
Organismos más oficiados
Diputados con más oficios
Organismos que más responden
Organismos con oficios pendientes
Sesiones con más actividad
Campañas masivas detectadas
Eventual participación de la Municipalidad que dirige, como parte del convenio "Programa de Seguridad Integrada para Niños, Niñas y Adolescentes 24 Horas (PSI 24 Horas)", suscrito con Carabineros de Chile, refiriéndose especialmente a la fecha de vigencia correspondiente, así como a los niños, niñas y adolescentes que han sido derivados a dicho programa en los últimos 12 meses, por las consideraciones y dando respuesta a las demás interrogantes que plantean.
Monto total recibido por esa municipalidad por concepto del Fondo de Equidad Territorial (FET) y/o del Fondo de Comunas Mineras (FCMI), desglosado por cada cuota transferida durante los años 2024, 2025 y 2026, detallando el destino específico dado a dichos recursos, individualizando cada programa, proyecto u obra financiada con ellos su estado de ejecución porcentaje de avance a la fecha, la cantidad de personas efectivamente beneficiadas por cada programa o proyecto financiado con estos recursos, señalando la metodología utilizada para determinar dicha cifra, remitiendo copia del o los informes que, conforme a la ley N° 21.591 y su reglamento, la municipalidad haya remitido a la SUBDERE sobre el uso de los recursos del Fondo de Equidad Territorial y/o del Fondo de Comunas Mineras y del acuerdo del Concejo Municipal, en caso de ser aplicable, que haya aprobado su destino, señalando si esta información se encuentra publicada en el portal de transparencia activa de la municipalidad, enviando el enlace directo correspondiente.
Listado completo de las autoridades de Arica y Parinacota obligadas por el artículo 110 de la ley N° 21.806, de su dependencia, indicando quienes se han realizado efectivamente el examen de drogas, la fecha de la toma de muestra, el laboratorio utilizado, el mecanismo de cadena de custodia y la fecha de recepción de los resultados y quienes no se lo han realizado, señalando las razones, los plazos pendientes y las autoridades responsables de exigir su cumplimiento y cuáles fueron los resultados de dichos exámenes en los términos públicos permitidos por la ley, sin incluir antecedentes médicos sensibles, tratamientos ni información clínica ajena al resultado legítimamente exigido. Asimismo, señale si han existido resultados positivos, contramuestras, impugnaciones, renuncias, solicitudes de renuncia, procedimientos administrativos o medidas adoptadas, indicando si existe una plataforma de registro público o algún mecanismo de publicación de este tipo de informes.
Ceremonias, actos y actividades organizadas por la municipalidad durante el año 2026 que involucren recursos públicos, y sobre las autoridades del Distrito N° 15 formalmente invitadas a las mismas, remitiendo los antecedentes que requiere.
Fiestas, celebraciones o conmemoraciones específicas financiadas con recursos públicos por su municipio durante los años 2024 y 2025, indicando el costo individual de cada una, el criterio o justificación, en función de las particularidades y necesidades de la comuna, para la realización de cada una de las actividades señaladas y si el gasto municipal en celebraciones durante los años 2024 y 2025 superó el monto destinado a asistencia o ayuda social para personas naturales durante los mismos períodos, indicando el monto exacto destinado a dicha ayuda social en cada año, remitiendo los demás antecedentes que requiere.
Factibilidad de ejecutar todas las acciones necesarias tendientes a proteger y reconocer el valor nacional de la "gallina mapuche", declarándola monumento nacional vivo o gestionando acciones de reconocimiento a nivel internacional.
Actividad reciente desde Cuenta Oficial
Listado completo de las autoridades de Arica y Parinacota obligadas por el artículo 110 de la ley N° 21.806, de su dependencia, indicando quienes se han realizado efectivamente el examen de drogas, la fecha de la toma de muestra, el laboratorio utilizado, el mecanismo de cadena de custodia y la fecha de recepción de los resultados y quienes no se lo han realizado, señalando las razones, los plazos pendientes y las autoridades responsables de exigir su cumplimiento y cuáles fueron los resultados de dichos exámenes en los términos públicos permitidos por la ley, sin incluir antecedentes médicos sensibles, tratamientos ni información clínica ajena al resultado legítimamente exigido. Asimismo, señale si han existido resultados positivos, contramuestras, impugnaciones, renuncias, solicitudes de renuncia, procedimientos administrativos o medidas adoptadas, indicando si existe una plataforma de registro público o algún mecanismo de publicación de este tipo de informes.
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Grado de ejecución del presupuesto asignado a ese Ministerio, especialmente respecto del avance presupuestario de los recursos asociados al Subtítulo 21, Gastos en Personal, y al Subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo, atendida su relevancia para evaluar tanto la capacidad operativa del Ministerio como la adecuada implementación de sus programas, planes y acciones institucionales. Asimismo, indique el estado de avance de la formulación presupuestaria correspondiente al año 2027, particularmente en lo relativo a la planificación financiera preliminar de la cartera, la estimación de necesidades institucionales, los eventuales requerimientos presentados ante la Dirección de Presupuestos y la proyección de recursos necesarios para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del Ministerio, remitiendo los antecedentes que requieren.
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Listado completo de las autoridades de Arica y Parinacota obligadas por el artículo 110 de la ley N° 21.806, de su dependencia, indicando quienes se han realizado efectivamente el examen de drogas, la fecha de la toma de muestra, el laboratorio utilizado, el mecanismo de cadena de custodia y la fecha de recepción de los resultados y quienes no se lo han realizado, señalando las razones, los plazos pendientes y las autoridades responsables de exigir su cumplimiento y cuáles fueron los resultados de dichos exámenes en los términos públicos permitidos por la ley, sin incluir antecedentes médicos sensibles, tratamientos ni información clínica ajena al resultado legítimamente exigido. Asimismo, señale si han existido resultados positivos, contramuestras, impugnaciones, renuncias, solicitudes de renuncia, procedimientos administrativos o medidas adoptadas, indicando si existe una plataforma de registro público o algún mecanismo de publicación de este tipo de informes.
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Reajuste, con el detalle solicitado por esta parlamentaria previamente en el Oficio N°355 de fecha 23 de marzo del presente año, remitiendo copia del decreto emanado por el Ministerio de Hacienda en el cual se instruyen las modificaciones al presupuesto vigente del Sector Público en lo relativo a vuestra cartera.
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Listado completo de las autoridades de Arica y Parinacota obligadas por el artículo 110 de la ley N° 21.806, de su dependencia, indicando quienes se han realizado efectivamente el examen de drogas, la fecha de la toma de muestra, el laboratorio utilizado, el mecanismo de cadena de custodia y la fecha de recepción de los resultados y quienes no se lo han realizado, señalando las razones, los plazos pendientes y las autoridades responsables de exigir su cumplimiento y cuáles fueron los resultados de dichos exámenes en los términos públicos permitidos por la ley, sin incluir antecedentes médicos sensibles, tratamientos ni información clínica ajena al resultado legítimamente exigido. Asimismo, señale si han existido resultados positivos, contramuestras, impugnaciones, renuncias, solicitudes de renuncia, procedimientos administrativos o medidas adoptadas, indicando si existe una plataforma de registro público o algún mecanismo de publicación de este tipo de informes.
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Programas específicos que verán sus recursos reducidos ante el recorte presupuestario del 3% instruido por la Circular N° 12 del Ministerio de Hacienda, indicando el objetivo del mismo, años de ejecución y desglosado por número de beneficiarios por región, en su Ministerio.
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Criterios, protocolos e instrucciones vigentes para la fiscalización y medición de emisiones de ruido, especialmente en lo relativo a los procedimientos técnicos aplicables, la utilización de instrumentos debidamente certificados y calibrados y las condiciones necesarias para asegurar la validez de las mediciones. Asimismo, indique las medidas adoptadas para asegurar la igualdad ante la ley en los procedimientos de fiscalización, garantizar el cumplimiento de la normativa sobre emisiones de ruido y resguardar el ejercicio de la libertad religiosa y de culto, especialmente la celebración de cultos y reuniones religiosas.
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Programas específicos que verán sus recursos reducidos ante el recorte presupuestario del 3% instruido por la Circular N° 12 del Ministerio de Hacienda, indicando el objetivo del mismo, años de ejecución y desglosado por número de beneficiarios por región, en su Ministerio.
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Listado completo de las autoridades de Arica y Parinacota obligadas por el artículo 110 de la ley N° 21.806, de su dependencia, indicando quienes se han realizado efectivamente el examen de drogas, la fecha de la toma de muestra, el laboratorio utilizado, el mecanismo de cadena de custodia y la fecha de recepción de los resultados y quienes no se lo han realizado, señalando las razones, los plazos pendientes y las autoridades responsables de exigir su cumplimiento y cuáles fueron los resultados de dichos exámenes en los términos públicos permitidos por la ley, sin incluir antecedentes médicos sensibles, tratamientos ni información clínica ajena al resultado legítimamente exigido. Asimismo, señale si han existido resultados positivos, contramuestras, impugnaciones, renuncias, solicitudes de renuncia, procedimientos administrativos o medidas adoptadas, indicando si existe una plataforma de registro público o algún mecanismo de publicación de este tipo de informes.
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Criterios a utilizar por ese Ministerio y sus servicios dependientes para la elaboración del diagnóstico solicitado por el Ministerio de Hacienda por medio de la Circular N°12 de fecha 13 de marzo del Ministerio de Hacienda, indicando cuántos funcionarios no serán reemplazados en su servicio, cuáles contratos de servicio o de personal, cuáles inversiones desarrolladas, suscripciones y cuotas de organismos internacionales y contratos de servicios de estudios e investigaciones con personas naturales o jurídicas se verán suspendidas, revisadas o modificadas. Asimismo, señale los gastos que no importen una obligación legal que se verán detenidos y cualquier programa cuyo alcance, prestaciones o funcionamiento regular se verá disminuido o modificado debido a la reducción fiscal instruida.
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