Radar de fiscalización parlamentaria
Respuestas comunicadas en Cuenta Oficial y organismos que contestan cuando el texto permite identificarlos de forma específica.
Eventos analizados
5.715
41 sesiones con Cuenta
Respuestas recibidas
5.715
Contestaciones comunicadas en Cuenta
Organismos identificados
33
Nombres específicos extraídos de Cuenta
Organismos que más responden
Sesiones con más actividad
Actividad reciente: respuestas
Monto total de recursos asignados a su municipalidad en el marco del Royalty Minero correspondiente al año 2026, especificando el monto recibido a la fecha, particularmente en la primera cuota, y el calendario estimado de transferencias futuras, si lo hubiere, señalando el destino proyectado de dichos recursos, los programas, proyectos o iniciativas que serán financiadas, así como su estado de avance administrativo, remitiendo los demás antecedentes que requiere.
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Medidas existentes o que se plantea implantar en resguardo y seguridad de los locatarios y usuarios de las ferias libres de su comuna, indicando si existen acciones especiales de fiscalización municipal, patrullaje preventivo, televigilancia, recuperación de espacios públicos, control del comercio ilegal o coordinación con las policías implementadas en sectores donde funcionan ferias libres, especialmente en aquellos identificados con mayores niveles de vulnerabilidad, si se han impulsado acciones de apoyo o acompañamiento dirigidas a locatarios víctimas de delitos, incluyendo mecanismos de denuncia segura, orientación jurídica, derivación institucional, prevención situacional o estrategias de fortalecimiento comunitario y si el municipio se encuentra evaluando la implementación de nuevas medidas orientadas al fortalecimiento de la seguridad en ferias libres, especialmente aquellas destinadas a prevenir fenómenos de infiltración criminal, extorsión, usura o captura económica de comerciantes por organizaciones ilícitas.
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Registro o estimación más reciente disponible sobre la cantidad de comerciantes autorizados y ambulantes presentes en su comuna, detallando, en la medida de lo posible, los sectores o zonas donde se concentra su actividad, junto con dar cuenta de las medidas, programas, operativos o acciones implementadas por vuestro municipio durante los últimos dos años para combatir el comercio ilegal y el comercio ambulante no autorizado, señalando los resultados obtenidos, recursos destinados y los organismos públicos con los cuales se ha coordinado dicha labor. Asimismo, indique la cantidad de permisos precarios para el ejercicio del comercio en bienes nacionales de uso público que han sido otorgados por ese municipio durante los años 2024, 2025 y lo que ha transcurrido de 2026, desagregando según las materias que indica.
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Obras actualmente ejecutadas en el sector de Avenida San Martín de la comuna de Viña del Mar, particularmente aquellas relacionadas con la remoción, intervención o eventual traslado de palmeras y áreas verdes ubicadas en el borde costero de la ciudad.
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Estado operativo de las cámaras de seguridad municipal y de los sistemas comunales de televigilancia, remitiendo los antecedentes que requiere.
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De conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, se sirva ordenar el inicio del procedimiento administrativo del caso conducente a sancionar la infracción a la obligación de informar contenida en el artículo 9° del citado cuerpo legal, en que ha incurrido el Director Nacional del Servicio de Migraciones, al no haber dado respuesta, a esta fecha, al oficio N° 58.186 de 18 de diciembre de 2023, cuya copia se acompaña.
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Se sirva informar si la participación en decisiones en que exista cualquier circunstancia que reste imparcialidad al involucrado, en los términos del artículo 62 de la ley N°18.575, obliga necesariamente a abstenerse, precisando si la concurrencia de un interés particular, económico o no, en una decisión pública configura un conflicto de interés en los términos de la ley N°20.880, incluso cuando no exista beneficio inmediato y si la eventual participación de autoridades en estas condiciones podría constituir una infracción al principio de probidad administrativa, considerando la exigencia de conducta funcionaria intachable y desempeño honesto y leal de la función pública, emitiendo un pronunciamiento respecto de las materias que requieren.
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se sirva informar sobre la posibilidad de emitir un pronunciamiento y, si corresponde, disponer una investigación respecto a la gestión de fondos públicos por parte de la Fundación Víctimas de la Talidomida en Chile (VITACHI), personalidad jurídica N°22540, en atención a los antecedentes que expone.
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Decreto N° 331, de fecha 24 de abril de 2026, del Ministerio de Hacienda, actualmente en trámite de toma de razón, mediante el cual se introducen modificaciones al presupuesto vigente del sector público, indicando si en el marco del trámite se han requerido al Ministerio de Hacienda y a la Dirección de Presupuestos antecedentes que permitan justificar de manera desagregada las modificaciones presupuestarias contenidas en dicho acto, particularmente en lo relativo a los fundamentos específicos que explican cada una de las rebajas o ajustes efectuados, el marco jurídico concreto que habilita cada modificación, más allá de las menciones generales del decreto, la individualización de los programas o asignaciones afectadas, así como los efectos esperados de dichas decisiones en su ejecución, si los organismos involucrados han acompañado la totalidad de los antecedentes que sustentan el acto administrativo, remitiendo los demás antecedentes que requiere.
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Se sirva informar sobre las instrucciones impartidas por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en orden a restringir o impedir la intervención de abogados/as del Programa de Derechos Humanos en procesos de cumplimiento de condena por delitos de lesa humanidad, emitiendo un pronunciamiento respecto a si se ajustan al marco de competencias y funciones que la ley asigna a dicho Programa, si la autoridad administrativa puede, mediante instrucciones internas, limitar o alterar el ejercicio de funciones de representación judicial del Estado que han sido establecidas por ley, particularmente en materias vinculadas a causas por violaciones a los derechos humanos. asimismo, señale si tales instrucciones resultan compatibles con el principio de juridicidad consagrado en los artículos 6° y 7° de la Constitución, en cuanto implican una eventual renuncia o restricción del ejercicio de potestades públicas y si corresponde que dichos actos administrativos sean objeto de control preventivo o posterior, incluyendo su eventual sometimiento al trámite de toma de razón, o si deben ser objeto de representación por parte de esa Contraloría. Si en caso de estimarse que dichas instrucciones no se ajustan a derecho, sírvase disponer medidas destinadas a restablecer el imperio del Derecho, incluyendo la invalidación o dejar sin efecto las instrucciones impartidas.
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