Radar de fiscalización parlamentaria
Respuestas comunicadas en Cuenta Oficial y organismos que contestan cuando el texto permite identificarlos de forma específica.
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Actividad reciente: respuestas
Si los servicios municipales, oficinas comunitarias o departamentos de atención ciudadana han recibido denuncias, reclamos o reportes por parte de vecinos, dirigentes sociales o funcionarios públicos que manifiesten dudas, inconsistencias o sospechas fundadas respecto de la legitimidad de las redes de apoyo, tutores legales o adultos responsables a cargo de menores de edad de nacionalidad haitiana que residan en la comuna, además si el el municipio se encuentra diseñando, coordinando o implementando estrategias específicas de búsqueda activa, catastro o fiscalización en terreno para determinar el paradero, la identidad y las condiciones generales de los niños, niñas y adolescentes de nacionalidad haitiana en la comuna, con el fin de asegurar el cumplimiento de sus derechos fundamentales y si el municipio ha interpuesto denuncias formales ante el Ministerio Público, la Policía de Investigaciones (PDI) o si ha realizado solicitudes de medidas de protección ante los Tribunales de Familia competentes de la jurisdicción, motivadas por sospechas de trata, tráfico ilícito de migrantes o vulneración grave de derechos de niños, niñas y adolescentes haitianos en los últimos cinco años.
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Aplicación e implementación de ley N°21.020 sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, en lo que respecta a registros y medidas contempladas en la misma normativa, señalando las campañas de esterilización realizadas en la comuna desde el año 2024 a la actualidad, si existen convenios o contratos vigentes entre la municipalidad y organizaciones sociales de cuidado y protección animal, las medidas de identificación y registro de animales de compañía en la comuna desde 2024 y las acciones de educación y programas de promoción desarrolladas en la comuna desde la misma fecha, remitiendo los demás antecedentes que requiere.
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Número total de permisos de circulación otorgados por esa municipalidad en el período 2022–2025 en contravención a la ley N° 18.287, es decir, a vehículos que registraban multas de tránsito impagas al momento de la renovación, identificando para cada caso: año de renovación, número de multas impagas y monto total adeudado; la cantidad de permisos de circulación renovados irregularmente a propietarios de vehículos registrados como infractores del Transantiago, en vulneración de la ley N° 21.083, indicando los mismos antecedentes señalados en el numeral anterior. Asimismo, señale el el número de funcionarios de esa municipalidad —individualizados por cargo y unidad de desempeño, sin consignar datos personales sensibles— que obtuvieron permisos de circulación renovados irregularmente para vehículos de su propiedad o de familiares directos (cónyuge, conviviente civil, hijos, padres u otros), señalando el año de renovación y la cantidad de multas impagas involucradas y las medidas administrativas adoptadas o en curso en cumplimiento de las instrucciones de la Contraloría General de la República, en los términos que solicita, remitiendo los demás antecedentes que requiere.
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Si los servicios municipales, oficinas comunitarias o departamentos de atención ciudadana han recibido denuncias, reclamos o reportes por parte de vecinos, dirigentes sociales o funcionarios públicos que manifiesten dudas, inconsistencias o sospechas fundadas respecto de la legitimidad de las redes de apoyo, tutores legales o adultos responsables a cargo de menores de edad de nacionalidad haitiana que residan en la comuna, además si el el municipio se encuentra diseñando, coordinando o implementando estrategias específicas de búsqueda activa, catastro o fiscalización en terreno para determinar el paradero, la identidad y las condiciones generales de los niños, niñas y adolescentes de nacionalidad haitiana en la comuna, con el fin de asegurar el cumplimiento de sus derechos fundamentales y si el municipio ha interpuesto denuncias formales ante el Ministerio Público, la Policía de Investigaciones (PDI) o si ha realizado solicitudes de medidas de protección ante los Tribunales de Familia competentes de la jurisdicción, motivadas por sospechas de trata, tráfico ilícito de migrantes o vulneración grave de derechos de niños, niñas y adolescentes haitianos en los últimos cinco años.
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Cumplimiento de la normativa establecida en la ley N°21.015, indicando detalladamente el número de personas con discapacidad contratadas actualmente en esa municipalidad, el número de asignatarias de pensión de invalidez contratadas, el porcentaje de cumplimiento de la norma que indica y las medidas que se han tomado para hacer efectivas sus disposiciones.
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Remita información técnica, administrativa y financiera sobre el funcionamiento de la Oficina Local de la Niñez (OLN), en los términos que requiere.
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Remita el listado de organizaciones comunitarias vigentes en la comuna (emprendedores, clubes de adulto mayor, clubes deportivos, comités de seguridad, comités de vivienda, consejos consultivos de salud, juntas de vecinos, organizaciones culturales, centros de padres y apoderados, entre otros), individualizando sus directivas vigentes, con indicación de fechas de vencimiento de sus mandatos y medios de contacto institucional de carácter público que se encuentren registrados ante el municipio.
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Medidas adoptadas en los últimos cinco años para la protección, conservación y mantenimiento de esculturas vandalizadas, teniendo presente la obligación que pesa sobre ellas de conformidad a lo dispuesto en el artículo 20 inciso primero de la ley N° 17.288 sobre Monumentos Nacionales. En caso de haber adoptado alguna medida, señale cuáles son y en qué consisten. En caso de ser negativa la respuesta, indique la razón de dicha inactividad. Asimismo, si para la protección, conservación o mantenimiento de las esculturas ubicadas en su comuna ha tomado contacto con otras autoridades sectoriales del Estado y con qué resultado.
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Hacia
Medidas existentes o que se plantea implantar en resguardo y seguridad de los locatarios y usuarios de las ferias libres de su comuna, indicando si existen acciones especiales de fiscalización municipal, patrullaje preventivo, televigilancia, recuperación de espacios públicos, control del comercio ilegal o coordinación con las policías implementadas en sectores donde funcionan ferias libres, especialmente en aquellos identificados con mayores niveles de vulnerabilidad, si se han impulsado acciones de apoyo o acompañamiento dirigidas a locatarios víctimas de delitos, incluyendo mecanismos de denuncia segura, orientación jurídica, derivación institucional, prevención situacional o estrategias de fortalecimiento comunitario y si el municipio se encuentra evaluando la implementación de nuevas medidas orientadas al fortalecimiento de la seguridad en ferias libres, especialmente aquellas destinadas a prevenir fenómenos de infiltración criminal, extorsión, usura o captura económica de comerciantes por organizaciones ilícitas.
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Hacia
Registro o estimación más reciente disponible sobre la cantidad de comerciantes autorizados y ambulantes presentes en su comuna, detallando, en la medida de lo posible, los sectores o zonas donde se concentra su actividad, junto con dar cuenta de las medidas, programas, operativos o acciones implementadas por vuestro municipio durante los últimos dos años para combatir el comercio ilegal y el comercio ambulante no autorizado, señalando los resultados obtenidos, recursos destinados y los organismos públicos con los cuales se ha coordinado dicha labor. Asimismo, indique la cantidad de permisos precarios para el ejercicio del comercio en bienes nacionales de uso público que han sido otorgados por ese municipio durante los años 2024, 2025 y lo que ha transcurrido de 2026, desagregando según las materias que indica.
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