Radar de fiscalización parlamentaria
Respuestas comunicadas en Cuenta Oficial y organismos que contestan cuando el texto permite identificarlos de forma específica.
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Actividad reciente: respuestas
Solicitud de renuncia no voluntaria efectuada a la Directora Nacional del Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género, señora Priscilla Carrasco, en el marco de las facultades contempladas en la ley N° 19.882 y la posibilidad de reconsiderar la medida adoptada, en atención a criterios de humanidad, proporcionalidad y coherencia con el rol institucional que le corresponde a ese Ministerio.
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Remita copia íntegra de todas las comunicaciones relacionadas con la solicitud de renuncia formulada a la Directora del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG) y de los actos administrativos que se hubieren dictado en el marco de dicha decisión. Asimismo, indique los fundamentos técnicos y jurídicos que sustentan la determinación adoptada por esa Secretaría de Estado.
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Solicitud de renuncia no voluntaria efectuada a la Directora Nacional del Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género, señora Priscilla Carrasco, señalando los fundamentos jurídicos y administrativos específicos que motivaron dicha decisión, indicando si estos se vinculan al desempeño del cargo o a otras circunstancias y remitiendo los demás antecedentes que solicita, en los términos que requiere.
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Decisión de solicitar la renuncia a la Directora Nacional del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, señora Priscilla Carrasco, mientras se encontraba en tratamiento activo por cáncer de mama, refiriéndose especialmente a los eventuales informes técnicos, evaluaciones de desempeño, antecedentes de gestión o auditorías internas que hayan sido considerados para justificar la pérdida de confianza, en los términos y dando respuesta a las demás interrogantes que plantea.
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Estado actual en que se encuentra el proceso de designación de la o el Secretario Regional Ministerial de la Mujer y Equidad de Género, en la Región del Maule, detallando especialmente las razones que explicarían lo anterior, así como el plazo estimado para la designación de la autoridad titular, en los términos y dando respuesta a las demás interrogantes que plantea.
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Todos los sumarios administrativos que se encuentran en ejecución o por ejecutar en la institución al 1 de abril de 2026.
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Todos los decretos de cualquier naturaleza, que hayan sido suscritos y/o despachados para su siguiente etapa de tramitación entre los días 11 y 20 de marzo del presente año, ambos días inclusive, remitiendo la nómina completa de dichos actos, conteniendo los antecedentes que requiere. Asimismo, remita copia íntegra de cada uno de los decretos individualizados, junto con sus antecedentes administrativos, incluyendo, en lo pertinente el texto definitivo del acto, las visaciones, firmas o autorizaciones que consten en su tramitación, los informes jurídicos, técnicos, financieros, presupuestarios o de otra naturaleza que hayan servido de fundamento para su dictación y copia del expediente de su tramitación.
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Medidas adoptadas para acelerar el informe arqueológico del terreno en el que se emplazará el proyecto habitacional San Bartolomé II, de la comuna de Chillán Viejo, Región de Ñuble, remitiendo las actas de reuniones, gestiones, mesas de trabajo y cualquier acción realizada con los actores involucrados en el proceso para materializar el informe arqueológico. Asimismo, envíe el informe realizado y subsanación de observaciones por parte de la Entidad Patrocinante, precisando el motivo por el cual aún no se encuentra resuelto el estudio para el inicio de la obra.
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Todos los decretos de cualquier naturaleza, que hayan sido suscritos y/o despachados para su siguiente etapa de tramitación entre los días 11 y 20 de marzo del presente año, ambos días inclusive, remitiendo la nómina completa de dichos actos, conteniendo los antecedentes que requiere. Asimismo, remita copia íntegra de cada uno de los decretos individualizados, junto con sus antecedentes administrativos, incluyendo, en lo pertinente el texto definitivo del acto, las visaciones, firmas o autorizaciones que consten en su tramitación, los informes jurídicos, técnicos, financieros, presupuestarios o de otra naturaleza que hayan servido de fundamento para su dictación y copia del expediente de su tramitación.
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Todos los organismos estatales creados o modificados desde el 11 de marzo de 2022 a la fecha, que se relacionen con su ministerio, a través de vínculos de dependencia o supervigilancia, con independencia de la denominación que tengan, incluyendo entre otros, divisiones, departamentos, oficinas, coordinaciones, secretarías, comisiones, unidades y servicios públicos, en los términos que requieren.
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