Radar de fiscalización parlamentaria
Oficios enviados, respuestas recibidas, organismos activados y autores canónicos desde eventos procedimentales de la Cuenta Oficial. Las entidades de organismos se muestran como texto de Cuenta cuando aún no existe canon normalizado.
Eventos analizados
1.594
4 sesiones con Cuenta
Oficios enviados
1.229
Solicitudes de fiscalización o información
Respuestas recibidas
365
Contestaciones comunicadas en Cuenta
Oficios con respuesta trazable
26
Mediana 0 días · media 0.2 días
Oficios sin respuesta trazable
1.203
339 respuestas sin oficio asociado
Organismos identificados
594
Nombres específicos extraídos de Cuenta
Organismos más oficiados
Diputados con más oficios
Organismos que más responden
Organismos con oficios pendientes
Sesiones con más actividad
Campañas masivas detectadas
Eventual participación de la Municipalidad que dirige, como parte del convenio "Programa de Seguridad Integrada para Niños, Niñas y Adolescentes 24 Horas (PSI 24 Horas)", suscrito con Carabineros de Chile, refiriéndose especialmente a la fecha de vigencia correspondiente, así como a los niños, niñas y adolescentes que han sido derivados a dicho programa en los últimos 12 meses, por las consideraciones y dando respuesta a las demás interrogantes que plantean.
Monto total recibido por esa municipalidad por concepto del Fondo de Equidad Territorial (FET) y/o del Fondo de Comunas Mineras (FCMI), desglosado por cada cuota transferida durante los años 2024, 2025 y 2026, detallando el destino específico dado a dichos recursos, individualizando cada programa, proyecto u obra financiada con ellos su estado de ejecución porcentaje de avance a la fecha, la cantidad de personas efectivamente beneficiadas por cada programa o proyecto financiado con estos recursos, señalando la metodología utilizada para determinar dicha cifra, remitiendo copia del o los informes que, conforme a la ley N° 21.591 y su reglamento, la municipalidad haya remitido a la SUBDERE sobre el uso de los recursos del Fondo de Equidad Territorial y/o del Fondo de Comunas Mineras y del acuerdo del Concejo Municipal, en caso de ser aplicable, que haya aprobado su destino, señalando si esta información se encuentra publicada en el portal de transparencia activa de la municipalidad, enviando el enlace directo correspondiente.
Existencia de protocolos de actuación, capacitación y abordaje respetuoso por parte de las Fuerzas de Orden y Seguridad, Gendarmería de Chile y personal de atención de público frente a crisis o interacciones con personas con condición de espectro autista, remitiendo la información vinculada a los informes consolidados presentados ante las Comisiones técnicas de la Cámara de Diputados y del Senado conforme al deber de cuenta anual dispuesto en el artículo 22 de la ley N°21.545.
Listado completo de las autoridades de Arica y Parinacota obligadas por el artículo 110 de la ley N° 21.806, de su dependencia, indicando quienes se han realizado efectivamente el examen de drogas, la fecha de la toma de muestra, el laboratorio utilizado, el mecanismo de cadena de custodia y la fecha de recepción de los resultados y quienes no se lo han realizado, señalando las razones, los plazos pendientes y las autoridades responsables de exigir su cumplimiento y cuáles fueron los resultados de dichos exámenes en los términos públicos permitidos por la ley, sin incluir antecedentes médicos sensibles, tratamientos ni información clínica ajena al resultado legítimamente exigido. Asimismo, señale si han existido resultados positivos, contramuestras, impugnaciones, renuncias, solicitudes de renuncia, procedimientos administrativos o medidas adoptadas, indicando si existe una plataforma de registro público o algún mecanismo de publicación de este tipo de informes.
Eventual existencia de protocolos de acción frente al atropello de animales, incluyendo los protocolos de emergencia ante presencia de animales en las rutas y carreteras del país, con particular enfoque en las Sociedades Concesionarias de las rutas y autopistas interurbanas que indica, en los términos y dando respuesta a las demás interrogantes que plantea.
Ceremonias, actos y actividades organizadas por la municipalidad durante el año 2026 que involucren recursos públicos, y sobre las autoridades del Distrito N° 15 formalmente invitadas a las mismas, remitiendo los antecedentes que requiere.
Actividad reciente desde Cuenta Oficial
Solicitud de Resolución N°1487, Solicita a S. E. el Presidente de la República que adopte todas las medidas necesarias para garantizar apoyo del estado a mujeres que enfrentan un embarazo no deseado, a través de un “fono de ayuda y orientación”.
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Listado completo de las autoridades de Arica y Parinacota obligadas por el artículo 110 de la ley N° 21.806, de su dependencia, indicando quienes se han realizado efectivamente el examen de drogas, la fecha de la toma de muestra, el laboratorio utilizado, el mecanismo de cadena de custodia y la fecha de recepción de los resultados y quienes no se lo han realizado, señalando las razones, los plazos pendientes y las autoridades responsables de exigir su cumplimiento y cuáles fueron los resultados de dichos exámenes en los términos públicos permitidos por la ley, sin incluir antecedentes médicos sensibles, tratamientos ni información clínica ajena al resultado legítimamente exigido. Asimismo, señale si han existido resultados positivos, contramuestras, impugnaciones, renuncias, solicitudes de renuncia, procedimientos administrativos o medidas adoptadas, indicando si existe una plataforma de registro público o algún mecanismo de publicación de este tipo de informes.
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Medidas adoptadas por esa Cartera de Estado luego del pronunciamiento emitido por la Contraloría Regional del Biobío mediante Oficio N°OF91657/2026, relacionado con concursos públicos de tercer nivel jerárquico del Servicio de Salud Concepción, remitiendo los demás antecedentes que solicita, en los términos que requiere.
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Listado completo de las autoridades de Arica y Parinacota obligadas por el artículo 110 de la ley N° 21.806, de su dependencia, indicando quienes se han realizado efectivamente el examen de drogas, la fecha de la toma de muestra, el laboratorio utilizado, el mecanismo de cadena de custodia y la fecha de recepción de los resultados y quienes no se lo han realizado, señalando las razones, los plazos pendientes y las autoridades responsables de exigir su cumplimiento y cuáles fueron los resultados de dichos exámenes en los términos públicos permitidos por la ley, sin incluir antecedentes médicos sensibles, tratamientos ni información clínica ajena al resultado legítimamente exigido. Asimismo, señale si han existido resultados positivos, contramuestras, impugnaciones, renuncias, solicitudes de renuncia, procedimientos administrativos o medidas adoptadas, indicando si existe una plataforma de registro público o algún mecanismo de publicación de este tipo de informes.
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Reitera el oficio N° 99.900 de esta Corporación, de fecha 15 de abril de 2025, cuya copia se acompaña.
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Posibilidad de priorizar la reevaluación del proyecto de construcción del Hospital Doctor Oscar Hernández Escobar de Curacautín, Región de La Araucanía, y así garantizar la implementación del Modelo de Atención Integral de Salud (MAIS) a fin de que se contemplen espacios destinados a prestaciones clínicas esenciales, tales como Podología, la Unidad de Atención Primaria Oftalmológica (UAPO), la toma de electrocardiogramas, Sala de Inyectables y Box Transversal, entre otras, proponiéndose una modificación destinada a incorporar dichos recintos y adecuar la infraestructura a las necesidades asistenciales del establecimiento.
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Toma de conocimiento formal de ese Ministerio de los hechos denunciados respecto del aparente deterioro de los baños del Hospital Clínico Regional Doctor Guillermo Grant Benavente de Concepción, indicando las medidas instruidas por dicha cartera para fiscalizar las condiciones higiénicas y sanitarias de los lavabos, si existen planes de inversión, conservación o mejoramiento de infraestructura sanitaria destinados al recinto hospitalario y las medidas concretas que se adoptarán para garantizar condiciones dignas y seguras para pacientes, funcionarios y usuarios, remitiendo los demás antecedentes que solicita, en los términos que requiere.
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Listado completo de las autoridades de Arica y Parinacota obligadas por el artículo 110 de la ley N° 21.806, de su dependencia, indicando quienes se han realizado efectivamente el examen de drogas, la fecha de la toma de muestra, el laboratorio utilizado, el mecanismo de cadena de custodia y la fecha de recepción de los resultados y quienes no se lo han realizado, señalando las razones, los plazos pendientes y las autoridades responsables de exigir su cumplimiento y cuáles fueron los resultados de dichos exámenes en los términos públicos permitidos por la ley, sin incluir antecedentes médicos sensibles, tratamientos ni información clínica ajena al resultado legítimamente exigido. Asimismo, señale si han existido resultados positivos, contramuestras, impugnaciones, renuncias, solicitudes de renuncia, procedimientos administrativos o medidas adoptadas, indicando si existe una plataforma de registro público o algún mecanismo de publicación de este tipo de informes.
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Razón que explica el retardo en el traspaso de fondos para el financiamiento de la atención primaria en la ciudad de Valdivia, indicando las medidas correctivas que se implementarán, a efectos de evitar a futuro la falta de financiamiento de la salud primaria en dicha comuna y para financiar el déficit que se está generando a propósito del error de cálculo entre los usuarios presupuestados y los actualmente validados en este sistema de atención de salud.
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Listado completo de las autoridades de Arica y Parinacota obligadas por el artículo 110 de la ley N° 21.806, de su dependencia, indicando quienes se han realizado efectivamente el examen de drogas, la fecha de la toma de muestra, el laboratorio utilizado, el mecanismo de cadena de custodia y la fecha de recepción de los resultados y quienes no se lo han realizado, señalando las razones, los plazos pendientes y las autoridades responsables de exigir su cumplimiento y cuáles fueron los resultados de dichos exámenes en los términos públicos permitidos por la ley, sin incluir antecedentes médicos sensibles, tratamientos ni información clínica ajena al resultado legítimamente exigido. Asimismo, señale si han existido resultados positivos, contramuestras, impugnaciones, renuncias, solicitudes de renuncia, procedimientos administrativos o medidas adoptadas, indicando si existe una plataforma de registro público o algún mecanismo de publicación de este tipo de informes.
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